CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Declárase en comisión al H. Heriberto Mamani Apaza, de su fuente de trabajo en la Fábrica de Calzados “MANACO” de la ciudad de Cochabamba a partir del 13 de octubre de 1989, sin goce de haberes, mientras dure su mandato constitucional del Diputado Nacional, por no haber desaparecido la relación laboral y no ser incompatible con las funciones de Parlamentario y de trabajador fabril.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23501, 19 de mayo de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase en comirion al H. Heriberto Mamani Apaza, de su fuente de trabajo en la Fábrica de Calzados "MANACO" de la ciudad de Cochabamba. | ||||
Keywords | Gaceta 1789, 1993-06-07, Decreto Supremo, mayo/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17444 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Emma Navajas de Alandia, Carlos Aponte Pinto, Roberto Camacho Sevillano Min. Exportaciones y Competitividad Económica a.í., Eusebio Gironda Cabrera, Cárlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Germán Velasco Cortéz, José Luis Lupo Flores. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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