CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Los agentes navieros y operadores de contenedores FCL (full container load) que operan contenedores cerrados de mercancías destinadas a zonas francas comerciales e industriales legalmente establecidas en el país, amparados por “conocimientos de embarque corridos” desde origen hasta destino bajo las modalidades “port/point” o “point/point”, no se hallan obligados a recurrir a la intermediación de servicios de AADAA en los puertos de tránsito, pudiendo utilizar sus propios medios o contratar directamente los servicios que crean más convenientes para el trasbordo de los contenedores del mismo lado del buque.
El transporte de esta mercancía por carretera debe efectuarse necesariamente por porteadores nacionales, debidamente autorizados.
Artículo 2°.- Los agentes navieros que realicen las anteriores operaciones presentarán directamente ante las agencias aduaneras que la Dirección General de Aduanas mantiene en los puertos de tránsito, el “conocimiento de embarque corrido” y los manifiestos de carga/declaración de tránsito aduanero (MC/DTA), debidamente autorizados, garantizando la entrega del contenedor y su contenido en la zona franca de destino, donde se efectuará la desconsolidación con la elaboración de un acta.
Las indicadas agencias aduaneras de la Dirección General de Aduanas darán total prioridad al registro de los MC/DTA que correspondan a las modalidades antes señaladas, sin necesidad de la intervención de ninguna otra institución que representa al Gobierno, ni la presentación de otros documentos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23390, 25 de enero de 1993 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Procesos de Transporte internacional e internación de mercancías a las zonas francas. | ||||
Keywords | Gaceta 1771, 1993-02-05, Decreto Supremo, enero/1993 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9979 | ||||
Referencias | 1993.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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