Bolivia: Decreto Supremo Nº 23310, 22 de octubre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Comisión de Evaluación de la Empresa Pública (CEEP) mantuvo permanentemente informadas a las instituciones regionales del Departamento de Chuquisaca sobre el cumplimiento de las disposiciones del Decreto Supremo Nº 23170.
  • Que la CEEP aprobó el informe de la Agencia de Compra PNUD/OSP y en mérito a ello preadjudicó los activos del Taller de Cerámica Artesanal en favor de la Sra. Roxana T. Rodríguez Suárez por el precio y en las condiciones ofertadas, por ser éstas las más beneficiosas para los intereses del Estado, remitiendo lo actuado a CONEPLAN.
  • Que en cumplimiento de la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992, y el Decreto Supremo Nº 23170 de 5 de junio de 1992 que la reglamenta, el Consejo Nacional de Economía y Planeamiento (CONEPLAN) aprobó la preadjudicación y transferencia de los activos del Taller de Cerámica Artesanal, ubicado en el departamento de Chuquisaca, en favor de la Sra. Roxana T.-Rodríguez Suárez, preadjudicataria de la Licitación Pública Internacional No. OSP/BOL/520/680, correspondiendo al Poder Ejecutivo decidir la adjudicación mediante Decreto Supremo.
  • Que todos los requisitos legales para la transferencia de los activos del Taller de Cerámica Artesanal han sido debidamente cumplidos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se adjudican los activos del Taller de Cerámica Artesanal ubicado en el departamento de Chuquisaca, en favor de la señora Roxana T. Rodríguez Suárez, por la suma total de $us.6.100.00 (SEIS mil CIEN DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), pagaderos de acuerdo a las condiciones de la oferta preadjudicada, debiendo las autoridades designadas en el artículo 7o. del Decreto Supremo Nº 23170 suscribir el contrato de venta.


Los Ministros de Planeamiento y Coordinación, de Finanzas y de Exportaciones y Competitividad Económica, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23310, 22 de octubre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe adjudican los activos del Táller de Cerámica Artesanal ubicado en el departamento de Chuquisaca, en favor de la señora Roxana T. Rodríguez Suárez, por la suma total de $us. 6.100.00.
KeywordsGaceta 1758, 1992-11-06, Decreto Supremo, octubre/1992
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10469
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1330] Bolivia: Ley de Privatización, 24 de abril de 1992
Ley de Privatización
[BO-DS-23170] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23170, 5 de junio de 1992
El Consejo Nacional de Economia y Planificación (CONEPLAN) tendrá el apoyo técnico y operativo de la Comisión de Evaluación de la Empresa Pública (CEEP).

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