CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se Modifica el artículo 53 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986 en lo correspondiente a la certificación (informe) del Ministerio de Finanzas, sobre la existencia de recursos suficientes en la partida de gastos, para pago de pasajes y viáticos, debiendo ser responsabilidad de cada institución, a partir de la fecha, gestionar el pago de pasajes y viáticos con base en la existencia de disponibilidad de créditos en las partidas correspondientes, según certificado emitido por su director o funcionario administrativo equivalente, visado por el director administrativo del ministerio cabeza de sector.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23305, 19 de octubre de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica el artículo 53 del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1,986. | ||||
Keywords | Gaceta 1758, 1992-11-06, Decreto Supremo, octubre/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10466 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabduob Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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