CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se reconoce como Territorio Indígena Chiquitano No.1 al conjunto de tierras situadas en los cantones Santa Rosa del Palmar, San Pedro y Concepción de la provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz, formado por las siguientes comunidades con derechos propietarios reconocidos por el Consejo Nacional de Reforma Agraria:
Departamento de Santa Cruz
Provincia Ñuflo de Chávez
Cantón Santa Rosa del Palmar, San Pedro, Concepción
EXTENSION | |
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Comunidad Palmira Segunda | 1.015, 5330 Has. |
Comunidad Bella Flor | 2.211, 2800 Has. |
Comunidad San Lorenzo Segunda | 552, 0327 Has. |
Comunidad San José Obrero Segunda | 1.379, 6950 Has. |
Comunidad Las Conchas | 2.439, 1200 Has. |
Comunidad Los Aceites | 5.800, 5250 Has. |
Comunidad El Cerrito | 4.193, 2350 Has. |
Comunidad Monteverde | 594, 2160 Has. |
Comunidad Bañao Grande | 1.421, 4470 Has. |
Comunidad Bella Flor | 5.027, 4630 Has. |
TOTAL | 24.634.5467 Has. |
Artículo 2°.- La ubicación del Territorio Indígena Chiquitano No.1 está constituído por los límites externos de las comunidades Chiquitanas que la integran, los cuales están consignados en los planos elaborados por el Consejo Nacional de Reforma Agraria, que en anexo forman parte del presente decreto supremo.
Artículo 3°.- Se declara el Territorio Indígena Chiquitano es inalienable, indivisible, imprescriptible e inembargable, quedando prohibido el aprovechamiento y comercialización por parte de terceros de los recursos naturales renovables del Territorio Chiquitano.
Artículo 4°.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23112, 10 de abril de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se reconoce como Territorio Indígena Chiquitano No.l al conjunto de tierras situadas en los cantones Santa Rosa del Palmar, San Pedro y Concepción de la Prov. Nuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz. | ||||
Keywords | Gaceta 1738, 1992-05-25, Decreto Supremo, abril/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13095 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arríen, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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