CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase la reestructuración del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios en consideración a los elementos normativos y técnicos señalados.
Artículo 2°.- Se aprueba el Estatuto Orgánico del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios en sus 5 Títulos y 80 artículos, que en anexo forma parte del presente decreto supremo.
Artículo 3°.- El Ministerio de Finanzas consignará anualmente los fondos económicos suficientes a fin de implementar la reestructuración del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
Artículo 4°.- Se autoriza al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios iniciar gestiones para obtener asistencia técnica y financiera de fuentes internas o externas que permitan consolidar el proceso de reestructuración del sector agropecuario.
Artículo 5°.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23078, 28 de febrero de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase la reestructuración del M.A.C.A. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, febrero/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13056 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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