CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se ratifica la vigencia del Acuerdo de Complementación Económica suscrito en la ciudad de La Paz por los Representantes Plenipotenciarios de las Repúblicas de Bolivia y Oriental del Uruguay en 12 de abril de 1991 y que en anexo forma parte del presente decreto supremo.
Artículo 2°.- Las concesiones arancelarias del 100% otorgadas por el Gobierno de Bolivia para la importación de los productos originarios y procedentes de 1a República Oriental del Uruguay se sujetarán a las condiciones previstas en el Anexo 1 del Acuerdo de Complementación Económica y tendrán una vigencia de 6 años a partir de la fecha de suscripción del citado acuerdo, salvo los términos de vigencia por productos expresamente detallados en el anexo.
Artículo 3°.- El origen y procedencia de los productos a que hace referencia el artículo precedente, se acreditarán mediante certificados emitidos por el organismo competente designado en cada país.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22869, 17 de julio de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se ratifica la vigencia del Acuerdo de Complementación Económica suscrito en la ciudad de La Paz por los Representantes Plenipotenciarios de las Repúblicas de Bolivia y Oriental del Uruguay en 12 de abril de 1991. | ||||
Keywords | Gaceta 1705, 1991-08-26, Decreto Supremo, julio/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16888 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINÉS, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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