Bolivia: Decreto Supremo Nº 22852, 9 de julio de 1991

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991 se aprobó el Presupuesto General de la Nación para su vigencia, durante la gestión fiscal de 1991;
  • Que el Ministerio de Asuntos Urbanos solicita la aprobación de un presupuesto adicional por la suma de Bs 356.000, de conformidad a la resolución bi-ministerial 523 de 23 de noviembre de 1990, que autorizó al Fondo Nacional de Vivienda efectuar transferencia de fondos al Ministerio de Asuntos Urbanos con cargo a recursos del Tesoro General de la Nación;
  • Que la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, mediante el informe AC/l2/098/9l, señala que los fondos transferidos en cumplimiento a la resolución biministerial 523, deben ser devueltos al lugar de origen, en razón a que no pueden ser desviados para otros fines contrarios a los objetivos del Fondo Nacional de Vivienda;
  • Que el artículo 96 numeral 7 de la Constitución Política del Estado faculta al Presidente de la República, proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 7 de la Ley Nº 1231.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorízase sin perjuicio de la respectiva aprobación legislativa el siguiente presupuesto adicional en favor del Ministerio de Asuntos Urbanos por el monto de Bs356.000.- (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS mil 00/100 BOLIVIANOS), para su transferencia al Fondo Nacional de Vivienda, de acuerdo al siguiente detalle:

ORGANISMO:MINISTERIO DE FINANZAS
PROGRAMA 99:PARTIDAS NO ASIGNADAS A PROGRAMAS
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTION:1991 (en bolivianos)

De:

600SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Y DISMINUCION DE OTROS PASIVOS356.000
610Servicio de la deuda pública interna356.000
611Amortización de la deuda pública interna a corto plazo356.000
TOTAL356.000

A:

ORGANISMO:MINISTERIO DE ASUNTOS URBANOS
PROGRAMA 99:PARTIDAS NO ASIGNADAS A PROGRAMAS
ACTIVIDAD 06:PARTIDAS NO ASIGNADAS A PROGRAMAS
700TRANSFERENCIAS356.000
740Transferencias Corrientes al Sector Publico Financiero356.000
741Transferencias corrientes a las instituciones públicas financieras no bancarias356.000
TOTAL356.000
PARA:
ORGANISMO:FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
PROGRAMA 99:PARTIDAS NO ASIGNADAS A PROGRAMAS
500ACTIVOS FINANCIEROS356.000
540Concesion de préstamos al sector público financiero y a los sectores privado y externo356.000
547Concesion de prestamos a largo plazo a las instituciones financieras bancarias356.000
TOTAL356.000


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Asuntos Urbanos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22852, 9 de julio de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizase sin perjuicio de la respectiva aprobación legislativa él, siguiente presupuesto adicional en favor del Ministerio de Asuntos Urbanos por el monto de Bs356.000.-, para su transferencia al Fondo Nacional de Vivienda
KeywordsGaceta 1701, 1991-07-26, Decreto Supremo, julio/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16872
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-L-1231] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1991, 7 de febrero de 1991
Presupuesto General de la Nación. Se aprueba de la Gestión Fiscal 1991

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