CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase el Consejo Nacional de Reforma y Modernización del Poder Judicial, presidido por el señor Vicepresidente de la República e integrado por dos representantes del Poder Ejecutivo y el Fiscal General de la República.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y siguiendo sus propios reglamentos y procedimientos, los Poderes Legislativo y Judicial podrán acreditar sus representantes ante dicho Consejo.
El Consejo se instalará tan pronto los Poderes Legislativo y Judicial acrediten sus representantes y funcionará en la ciudad de La Paz, con carácter permanente, hasta concluir sus labores.
Artículo 2°.- El Consejo Nacional de Reforma y Modernización del Poder Judicial propondrá las modificaciones que considere necesarias para mejorar la estructura y funciones del Poder Judicial.
Artículo 3°.- El Consejo presentará un proyecto de Ley, con la fundamentación del caso, sobre las reformas a la Ley de Organización Judicial y un Proyecto de Ley del Ministerio Público, hasta el 30 de junio del presente año.
Artículo 4°.- El Consejo establecerá su propio calendario y plan de trabajo, con objeto de presentar proyectos de ley para la reforma y actualización de los Códigos Civil y Penal y sus respectivos procedimientos.
Artículo 5°.- El Consejo podrá sugerir, asimismo, un proyecto de ley sobre la necesidad de reformas constitucionales, en los aspectos relacionados con la estructura y funcionamiento del Poder Judicial.
Artículo 6°.- Para el cumplimiento de sus funciones el Consejo podrá consultar con organizaciones profesionales especializadas, como los Colegios de Abogados, Universidades u otras Instituciones, asimismo, podrá contratar el asesoramiento del los juristas que estime oportuno y estará apoyado por una Secretaría.
Artículo 7°.- El Consejo funcionará con recursos aportados por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con cargo a sus respectivos presupuestos y con fondos de cooperación financiera y técnica internacional.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22793, 9 de mayo de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase el Consejo Nacional de Reforma y Modernización del Poder Judicial, presidido por el señor Vice Presidente de la República e integrado por dos representantes del Poder Ejecutivo y el Fiscal General de la República. | ||||
Keywords | Gaceta 1693, 1991-06-03, Decreto Supremo, mayo/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16813 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Luis Fernando Terrazas Min. De Finanzas a. i., Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Yañez Min. Previsión Social y Salud. Pub. a. i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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