Bolivia: Decreto Supremo Nº 22776, 18 de abril de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el presupuesto consolidado del sector público, gestión 1991, fué aprobado mediante Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991, para su vigencia durante el presente ejercicio fiscal;
  • Que el Instituto Nacional de Estadística solicita la aprobación de un presupuesto adicional con recursos provenientes del crédito otorgado por el programa PL-480 título III, para el proyecto “Encuesta de hogares rurales”;
  • Que el artículo 96 numeral 7 de la Constitución Política del Estado faculta al Presidente de la República proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, concordantemente con los artículos 11 del Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1990 y 7 de la Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorízase, sin perjuicio de la respectiva aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del Instituto Nacional de Estadística, por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN mil SEISCIENTOS TREINTA 00/100 BOLIVIANOS (Bs.341.630.-), con fondos provenientes de recursos asignados de contraparte en la cuarta enmienda del programa PL-480 título III/86, para la realización del proyecto “Encuesta de hogares rurales”, no previstos en la Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991:

ORGANISMO :INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA ESTADISTICAS NACIONALES ENCUESTA DE HOGARES RURALES
PROGRAMA :10
ACTIVIDAD :03
RECURSOS :DONACION EXTERNA CORRIENTE
GESTION :1991 (en bolivianos)

Ingresos


Financiamiento por origen de los recursos:

CódigoFuenteMonto adicional
1.Recursos341.630
1.1Ingresos corrientes341.630
1.1.8Donaciones corrientes341.630
1.1.8.2Donaciones corrientes externas341.630
TOTAL341.630

Egresos


Clasificación por origen de los recursos:

CódigoDescripciónMonto adicional
100SERVICIOS PERSONALES158.195
120Empleados no permanentes158.195
200SERVICIOS NO PERSONALES115.390
210Servicios básicos3.261
211Comunicaciones1.581
213Servicios telefónicos1.680
220Servicios de transporte y seguros61.367
221Pasajes19.877
222Viáticos41.490
230Alquileres4.582
231Edificios1.382
232Equipos y maquinarias2.000
234Otros alquileres1.200
240Mantenimiento y reparaciones7.050
241Edificios y equipos7.050
250Servicios profesionales y comerciales39.130
255Publicidad29.050
256Imprenta10.080
300MATERIALES Y SUMINISTROS68.045
310Alimentos y productos agroforestales2.100
311Alimentos y bebidas para humanos2.100
340Productos de papel, cartón e impresos18.445
341Papel de escritorio18.445
360Productos químicos, combustibles y lubricantes47.500
362Combustibles y lubricantes47.500
TOTAL341.630


El señor Ministro de Finanzas así como el de Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22776, 18 de abril de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase un presupuesto adicional en favor del Instituto Nacional de Estadística, por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 341.630.-).
KeywordsGaceta 1691, 1991-05-20, Decreto Supremo, abril/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16797
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-DS-22572] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22572, 13 de agosto de 1990
Se aprueba el adjunto Reglamento de Ejecución Presupuestaria en sus cuarentaiseis artículos y ocho capítulos, cuyo texto es parte del presente decreto supremo, debiendo entrar en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
[BO-L-1231] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1991, 7 de febrero de 1991
Presupuesto General de la Nación. Se aprueba de la Gestión Fiscal 1991

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