CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese que la ex Subsecretaría de Prevención, Tratamiento, Rehabilitación y Reinserción Social del Uso Indebido de Drogas se convierte en DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DEL USO INDEBIDO DE DROGAS, TRATAMIENTO, REHABILITACION Y REINSERCION SOCIAL, dependiente de la Dirección Ejecutiva Nacional del Consejo Nacional de Lucha Contra el Uso Indebido y Tráfico Ilícito de Drogas.
Artículo 2°.- La Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Lucha Contra el Uso Indebido y Tráfico Ilícito de Drogas reglamentará, en coordinación con la Dirección de Prevención del Uso Indebido de Drogas, Tratamiento, Rehabilitación y Reinserción Social, la conformación de un comité de asesoramiento multidisciplinario para la determinación de los objetivos nacionales en la materia, en sujeción a las políticas establecidas por el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.
Artículo 3°.- En sujeción al Reglamento de Salud Mental del Código de Salud, las atribuciones de la Dirección de Prevención del Uso Indebido de Drogas Tratamiento, Rehabilitación y Reinserción Social son las siguientes, en el marco del espíritu del Decreto Supremo Nº 22373:
Artículo 4°.- Coordinará con el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública la ejecución operativa de las políticas nacionales sobre prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción social, en base a planes, programas y proyectos, en consulta con la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Lucha Contra el Uso Indebido y Tráfico Ilícito de Drogas.
Artículo 5°.- Se transfiere al personal dependiente de la ex Subsecretaría de Prevención, Tratamiento, Rehabilitación y Reinserción Social, así como su presupuesto asignado, a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Lucha Contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas. Su estructura orgánica funcional, a niveles central y descentralizado, se determinará en la reglamentación interna.
Artículo 6°.- Se abrogan todas las disposiciones legales contrarias al presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22770, 4 de abril de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese que la ex Subsecretaría de Prevención, Tratamiento, Rehabilitación y Reinserción Social del Uso Indebido de Drogas se convierte en DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DEL USO INDEBIDO DE DROGAS, TRATAMIENTO, REHABILITACION Y REINSERCION SOCIAL, dependiente de la Dirección Ejecutiva Nacional del Consejo Nacional de Lucha Contra el Uso Indebido y Tráfico Ilícito de Drogas. | ||||
Keywords | Gaceta 1688, 1991-04-29, Decreto Supremo, abril/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8921 | ||||
Referencias | 1991.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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