CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se dispone la supresión del Ministerio de Informaciones, transfiriéndose sus competencias, atribuciones, funciones, presupuesto, activos y pasivos al Ministerio de la Presidencia de la República, el mismo que asumirá las funciones de portavoz del Gobierno.
Artículo 2°.- Se dispone la supresión del Ministerio de Aeronáutica, transfiriéndose sus competencias, atribuciones y presupuesto, en materia de aeronáutica militar, al Ministerio de Defensa Nacional y, en materia de aeronáutica civil, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Artículo 3°.- Se dispone la supresión de las Subsecretarías y dependencias del Ministerio sin Cartera, abrogándose el Decreto Presidencial Nº 22295 de 11 de agosto de 1989. El titular de ese despacho mantendrá su condición de Ministro de Estado, para cumplir las funciones que el encomiende el Presidente de la República, de acuerdo con el Art.8° , de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22536, 3 de julio de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se dispone la supresión del Ministerio de Informaciones, transfiriéndose sus competencias, atribuciones, funciones, presupuesto, activos y pasivos al Ministerio de la Presidencia de la República, el mismo que asumirá las funciones de portavoz del Gobierno. | ||||
Keywords | Gaceta 1654, 1990-08-07, Decreto Supremo, julio/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9473 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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