Bolivia: Decreto Supremo Nº 22287, 4 de agosto de 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1.989 aprobó el presupuesto consolidado del sector público, para su vigencia durante el presente periódo fiscal;
  • Que es necesario crear la actividad 02 “Liquidación exfomo” en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, para que éste pueda hacerse cargo de los diversos adeudos que el mencionado exservicio tiene pendientes;
  • Que se ha establecido la existencia de saldos disponibles en el presupuesto aprobado del Ministerio de Finanzas, siendo procedente el respectivo traspaso interinstitucional de recursos, de conformidad con el artículo 9 de la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1.989 concordante con el artículo 19 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1.986, ampliado en su vigencia mediante decreto Nº 21781 de 3 de diciembre de 1.987.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Ministerio de Finanzas efectuar la siguiente transferencia interinstitucional de recursos en favor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, de su presupuesto de funcionamiento gestión 1.989, por la suma de CUARENTA mil CIENTO TREINTA U OCHO 00/100 BOLIVIANOS (Bs 40.138.-), financiada por el Tesoro General de la Nación:
DE:

ORGANISMO:MINISTERIO DE FINANZAS
CAPÍTULO:FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01:FORMULACION Y EJECUCION DE LAS POLITICAS ECONOMICAS
SUBPROGRAMA 02:FORMULACIÓN DE LA POLITICA DE INGRESOS
ACTIVIDAD 02:SERVICIO DE RECAUDACION ADUANA
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTIÓN:1989

( en bolivianos )
700TRANSFERENCIAS40.138
710al sector privado40.138
713Subsidios o subvenciones40.138
TOTAL:40.138

A:
ORGANISMO:MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
CAPÍTULO:1 FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA:01
SUBPROGRAMA:TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTIÓN:1989

( en bolivianos )
200SERVICIOS NO PERSONALES20.731
210Servicios básicos10.156
211Comunicaciones4.986
212Energía eléctrica y agua5.170
230Alquileres10.462
231Edificios y terrenos10.462
260Otros servicios no personales113
262Asignaciones globales113
300MATERIALES Y SUMINISTROS2.174
310Para oficina1.347
311Papelería y suministro varios832
320Para usos varios832
323Alimentos832
600RESERVAS17.233
620Sociales17.233
621Reservas sociales17.233
TOTAL:40.138


Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Trabajo y Desarrollo Laboral y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Pérez Beltrán, Valentin Abecia Baldiviezo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22287, 4 de agosto de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Ministerio de Finanzas efectuar la siguiente transferencia interinstitucional de recursos en favor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, de su presupuesto de funcionamiento gestión 1.989, por la suma de CUARENTA MIL CIENTO TREINTA U OCHO 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 40.138.-), financiada por el Tesoro general de la Nación.
KeywordsGaceta 1610, 1989-08-15, Decreto Supremo, agosto/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18581
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1610 - Publicado el: 1989-08-15, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Pérez Beltrán, Valentin Abecia Baldiviezo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-DS-21781] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21781, 3 de diciembre de 1987
Se amplia la vigencia del decreto supremo 21364 de, 13 de agosto do 1986 por la presente gestión fiscal y hasta que se promulgue una nueva disposición legal substitutiva sobre administración financiera.
[BO-L-1052] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1989, 8 de febrero de 1989
Presupuesto general de la nación. Apruébase el presupuesto consolidado del sector público de la gestión fiscal de 1989

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