Bolivia: Ley Nº 2481, 25 de junio de 2003

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 5º, de la Constitución Política del Estado, aprobar el Contrato de Crédito Nº 3788, suscrito en fecha 23 de junio de 2063, entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (Banco Mundial), por la suma de DEG Ley Nº 5.000.000 (QUINCE MILLONES DE DERECHOS ESPECIALES DE GIRO) destinados al financiamiento del programa de Infraestructura Descentralizada para la Transformación Rural.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil tres años.
Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Gonzalo Chirveches Ledezma, Adolfo Añez Ferreira, Marlene Fernández del Granado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil tres años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Franklin Anaya Vásquez Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Carlos Morales Landivar.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2481, 25 de junio de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprobar el Contrato de Crédito N° 3788, suscrito con la Asociación Internacional de Fomento (Banco Mundial), por DEG 15.000.000 (Programa de Infraestructura Descentralizada para la Transformación Rural)
KeywordsLey, junio/2003
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2481
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Gonzalo Chirveches Ledezma, Adolfo Añez Ferreira, Marlene Fernández del Granado. Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Franklin Anaya Vásquez Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Carlos Morales Landivar.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-5] Bolivia: Ley Nº 5, 23 de septiembre de 1960
Chulumani. Canje terrenos Alcaldía
[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-28545] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28545, 22 de diciembre de 2005
A efectos de la implementación del Proyecto de Infraestructura Descentralizada para la Transformación Rural - IDTR, se dispone facilidades para el Servicio de Telefonía Celular Móvil y el Servicio de Telefonía Pública en Areas Rurales.
[BO-DS-29818] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29818, 26 de noviembre de 2008
Autoriza al Proyecto de Infraestructura Descentralizada para la Transformación Rural - IDTR dependiente del Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas del Ministerio de Hidrocarburos y Energía la compra de una (1) vagoneta 4x4 modelo estándar y tres (3) camionetas 4x4 doble cabina, modelo estándar con accesorios, destinados al cumplimiento de sus tareas operativas de coordinación y supervisión en el marco de sus objetivos institucionales del Proyecto IDTR.

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