Bolivia: Ley Nº 1150, 6 de marzo de 1985

JULIO GARRET AILLON
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Se excluyen de los efectos de los artículos 72°, 73° y de los que les son relativos en la Ley Orgánica de Municipalidades a todas las cooperativas que presten servicios públicos regulados por leyes especiales, manteniéndose la supervisión municipal sobre las mismas.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 6 de febrero de 1985.
Fdo. Julio Garret Aillón.- H. Samuel Gallardo Lozada.- H. Luis Añez Alvarez.- H. Mario Rolón Anaya.- H. Guido Camacho Rodriguez.- H. Guillermo Richter Ascimani.
Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el Artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo, en la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cinco.
Fdo. Julio Garret Aillon, PRESIDENTE DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL.
Publicada de acuerdo Resolución No 003/90 del Honorable Senado Nacional.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1150, 6 de marzo de 1985
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCooperativas de servicios públicos. Excluyéndolas de los artículos 72, 73 de los que les son relativos en la ley Orgánica de municipalidades a las reguladas por leyes especiales
KeywordsLey, marzo/1985
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1150
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Julio Garret Aillón.- H. Samuel Gallardo Lozada.- H. Luis Añez Alvarez.- H. Mario Rolón Anaya.- H. Guido Camacho Rodriguez.- H. Guillermo Richter Ascimani. Fdo. Julio Garret Aillon, PRESIDENTE DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-L-1544] Bolivia: Ley de Capitalización, 21 de marzo de 1994
Ley de Capitalización

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1150] Bolivia: Ley Nº 1150, 24 de enero de 2019
18 DE FEBRERO DE 2019.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 110.401,71 m² (metros cuadrados), fracción de una superficie restante total de 212.885,75 m² (metros cuadrados), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, ubicado en la Avenida Beni Mamoré, Barrio Bolital, Urbanización “Instituto Boliviano de Tecnología Agropecuaria”; a favor de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivián”, con destino exclusivo a la construcción de una ciudadela universitaria, de conformidad a la Ley Municipal Amazónica N° 049 de 14 de diciembre de 2016, y la Ley Municipal Amazónica N° 094 de 3 de septiembre de 2018, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta.

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