Artículo Único.- Apruébase en todos sus términos el convenio sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, acordado en el Trigésimo Cuarto Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrado en diciembre de 1979, de acuerdo con el artículo 59, inciso 12 de la Constitución Política del Estado.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1100, 15 de septiembre de 1989 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Convenio sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Apruébase el acordado en el 34. Periodo ordinario de la asamblea de NN.UU., celebrado en diciembre de 1979 | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1989 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1100 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzman, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Norberto Vargas Cruz, DIRECTOR GENERAL DE ARCHIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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