CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 0832, de 30 de marzo de 2011, que regula la estructura y funcionamiento del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa - OPCE.
Artículo 2°.- (Modificaciones)
“ARTÍCULO 8.- (ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO). El Directorio del OPCE, tiene las siguientes atribuciones:
a) Definir las estrategias y lineamientos sobre los procesos de seguimiento, medición, evaluación y acreditación de la calidad educativa, en el marco de las políticas del Sistema Educativo Plurinacional, así como supervisar su cumplimiento;
b) Aprobar el Plan Estratégico Institucional, Programa de Operaciones Anual y el Presupuesto de la institución, elaborados en el marco de las políticas, estrategias y los lineamientos establecidos;
c) Aprobar la Estructura Organizativa de la institución;
d) Evaluar el desempeño de la Directora o Director Ejecutivo del OPCE;
e) Conocer los informes de Auditoría Interna;
f) Definir los asuntos de su competencia, mediante Resoluciones de Directorio;
g) Aprobar los informes de viaje al interior o exterior del país de la Directora o Director Ejecutivo del OPCE;
h) Tratar otros temas relacionados con el cumplimiento de sus atribuciones.”
“ARTÍCULO 9.- (DIRECCIÓN EJECUTIVA).
I. El OPCE estará a cargo de una Directora o Director Ejecutivo, quién será la máxima autoridad ejecutiva y será designado mediante Resolución Suprema de una terna propuesta por la Ministra o Ministro de Educación.
II. El periodo de funciones de la Directora o Director Ejecutivo será de hasta tres (3) años, a partir de su designación mediante Resolución Suprema.”
Artículo transitorio Único.- A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, se procederá a la nueva designación de la Directora o Director Ejecutivo mediante Resolución Suprema.
Artículo derogatorio Único.- Se deroga el inciso b) del Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 0832, de 30 de marzo de 2011.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2017, 28 de mayo de 2014 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Decreto Supremo N° 0832, de 30 de marzo de 2011, que regula la estructura y funcionamiento del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa – OPCE. | ||||
Keywords | Gaceta 651NEC, Decreto Supremo, mayo/2014 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152301 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 651NEC, 201409a.lexml | ||||
Creador | Fdo. ALVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Rubén Aldo Saavedra Soto, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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