CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO Y ESTABILIZACION,
DECRETA:
Artículo 1°.- Destínase al Comité de Obras Públicas del departamento del Beni, los siguientes recursos:
Artículo 2°.- El Comité de Obras Públicas del departamento del Beni planificará las diferentes obras de desarrollo y determinará las prioridades que correspondan de acuerdo a programa especial, que deberá ser aprobado por el Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización.
Artículo 3°.- El Ministerio de Minas y Petróleo, mediante el Servicio Nacional de Geología, destacará comisiones de técnicos para estudios de prospección geológica, en el departamento del Beni.
Artículo 4°.- Se deroga las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8794, 11 de junio de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Destínase al Comité de Obras Públicas del departamento del Beni, los siguientes recursos | ||||
Keywords | Gaceta 455, Decreto Supremo, junio/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3474 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 455, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros Querejazu, Eufronio Padilla, Gral. Enrique Gallardo B., Luis Alberto D’Avis, Víctor Quinteros R, Wálter Montenegro, Ernesto David Pereiya, René Candia, Mario Quintela Vaca Diez, Alcira Espinoza, Jorge Rojas Tardío, Félix Gómez, Alvaro Torrico, Lucio Paz Rivero, Rodolfo Luzio L., Hugo Sandóval. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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