Bolivia: Decreto Supremo Nº 4332, 3 de marzo de 1956

Decreto Supremo Nº 4332
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo Nº 3962 de fecha 17 de febrero de 1955, el Gobierno de la Revolución Nacional, ha excluido de la revisión anual de sus expedientes a las pensionistas madres viudas o naturales no casadas, que hubieran llegado a la edad de los 50 años.
  • Que las viudas de Oficiales de más de 50 años han pedido la ampliación de esa medida gubernamental en favor de ellas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Amplíase los efectos del Decreto Supremo Nº 3962 de fecha 17 de febrero de 1955, en favor de las pensionistas viudas de oficiales, que hubiesen llegado a la edad de los 50 años.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos cincuenta y seis años.
(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO.— Gral. Gualberto Olmos.— Alberto Mendieta A.— Manuel Barrau P.— Julio Ml. Aramayo.— Mario Torrez C.— Angel Gómez García,— Ñuflo Chávez O.— Alcibiades Velarde,— Miguel Calderón L.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4332, 3 de marzo de 1956
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPensionistas viudas de oficiales.— D.S. 4332 de 3 de marzo de 1956.— Se amplia en su favor los efectos del D.S. 3962 de 17 de febrero de 1955, para las que hubiesen llegados a los 50 años de edad.
KeywordsDecreto Supremo, marzo/1956
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis_gob/54297
Referencias1990.lexml
Creador(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO.— Gral. Gualberto Olmos.— Alberto Mendieta A.— Manuel Barrau P.— Julio Ml. Aramayo.— Mario Torrez C.— Angel Gómez García,— Ñuflo Chávez O.— Alcibiades Velarde,— Miguel Calderón L.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-3962] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3962, 17 de febrero de 1955
Pensiones militares. Revisión expedientes.— D.S. Nº 3962 de 17 de febrero 1955.— Las madres y viudas quedan exceptuadas de presentar sus expedientes modifica: art 1° D.S. 5 de julio de 1939.
[BO-DS-4332] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4332, 3 de marzo de 1956
Pensionistas viudas de oficiales.— D.S. 4332 de 3 de marzo de 1956.— Se amplia en su favor los efectos del D.S. 3962 de 17 de febrero de 1955, para las que hubiesen llegados a los 50 años de edad.

Referencias a esta norma

[BO-DS-22485] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22485, 27 de abril de 1990
Se exonera definitivamente de la presentación anual de expedientes al Tribunal Supremo de Justicia Militar, a partir de la fecha, a todos los mutilados, inválidos y ex enfermeras de la Guerra del Chaco, exigida por los decretos supremos 307 de 17 de abril de 1,945 y 2339 de 11 de enero de 1,951, así como las demás obligaciones inherentes, por haber sobrepasado la edad de 70 años.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.