Bolivia: Decreto Supremo Nº 27635, 19 de julio de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 26391 de 8 de noviembre de 2001, establece el Sistema Boliviano de Productividad y Competitividad, mediante el Consejo Boliviano de Productividad y Competitividad - CBPC, el Comité Interinstitucional de Productividad y Competitividad - CIPC y la Unidad de Productividad y Competitividad - UPC.
  • Que el Decreto Supremo Nº 26391, define a la Unidad de Productividad y Competitividad - UPC, como unidad desconcentrada de análisis, estudio, asesoramiento y desarrollo de propuestas de políticas relacionadas a la productividad y competitividad nacional.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27567 de 11 de junio de 2004, establece otra dinámica en el funcionamiento del Sistema Boliviano de Productividad y Competitividad, en sus diferentes instancias y, define a la Unidad de Productividad y Competitividad - UPC como la instancia técnica del Sistema, encargada del análisis, estudio, asesoramiento, seguimiento y desarrollo de propuestas de políticas relacionadas a la productividad y competitividad, dejando un vacío legal sobre la naturaleza institucional de la UPC.
  • Que para alcanzar los objetivos planteados por el Sistema Boliviano de Productividad y Competitividad, es necesario reponer la naturaleza institucional de la Unidad de Productividad y Competitividad - UPC.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se modifica el Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 27567 de 11 de junio de 2004, de la siguiente manera:

“ARTICULO 12.- (DEFINICION). La Unidad de Productividad y Competitividad, cuya sigla es UPC, es una Entidad Desconcentrada del Ministerio de Desarrollo Económico, con personería jurídica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, legal y técnica. La UPC es la instancia técnica del Sistema, encargada del análisis, estudio, asesoramiento, seguimiento y desarrollo de propuestas y políticas relacionadas a la productividad y competitividad.”


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Rodolfo Erostegui Torres Ministro Interino de Trabajo, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27635, 19 de julio de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe modifica el Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 27567 de 11 /06/ 2004 (Sistema Boliviano de Productividad y Competitividad).
KeywordsGaceta 2632, 2004-07-29, Decreto Supremo, julio/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25189
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Rodolfo Erostegui Torres Ministro Interino de Trabajo, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-N1874] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1874, 23 de enero de 2014
Modifica los Artículos 45, 46 y 49 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, modificados por los Artículos 3 y 8 del Decreto Supremo N° 0429, de 10 de febrero de 2010.

Véase también

[BO-DS-26391] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26391, 8 de noviembre de 2001
Desarrollo de la Productividad y la Competitividad en el país.
[BO-DS-27567] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27567, 11 de junio de 2004
Sistema Boliviano de Productividad y Competitividad - SBPC.

Referencias a esta norma

[BO-DS-27990] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27990, 28 de enero de 2005
Contribuir al cumplimiento de los compromisos pactados por el Estado, en los Acuerdos Bolivianos de Competitividad - ABC's.
[BO-DS-N1874] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1874, 23 de enero de 2014
Modifica los Artículos 45, 46 y 49 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, modificados por los Artículos 3 y 8 del Decreto Supremo N° 0429, de 10 de febrero de 2010.

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