Bolivia: Decreto Supremo Nº 24511, 26 de febrero de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la ciudadana boliviana nacida en La Paz, doña Rosa Agramonte Moraleda vda. de Cusicanqui, ha dejado un patrimonio que si bien ha cumplido hasta el presente una función eminentemente social, debe ser incorporado a la propiedad del Estado;
  • Que la fundación “Rosa Agramonte vda. de Cusicanqui”, creada por Decreto Supremo Nº 8987 de 7 de noviembre de 1969, no se ha perfeccionado, siendo consiguientemente imperativo legalizar definitivamente la titularidad de sus bienes en favor del Estado, tanto más si la intervención judicial ha declarado vacantes sus bienes y patrimonio, conforme a normas legales en vigencia;
  • Que es deber del Estado reconocer la positiva labor eficiente y desprendida efectuada por la Dra. Rosa Lema de Dolz vda. de Lluch, denunciante y abogada defensora del patrimonio a su cargo, correspondiendo al Estado pagarle conforme a ley, el respectivo porcentaje como denunciante sobre el valor total de los bienes denunciados y sus honorarios profesionales, además de dar por bien hechos y aprobados los actos jurídicos económicos de toda su gestión hasta el presente, homologando en su integridad el informe de relación de los bienes y documentos pertenecientes a doña Rosa Agramonte Moraleda vda. de Cusicanqui;
  • Que se debe asimismo derogar el Decreto Supremo Nº 8987 de 7 de noviembre de 1969, con la finalidad de normalizar esta situación jurídica, incompatible con la nueva estructura del Poder Ejecutivo, creada mediante Ley Nº 1493 de 17 de septiembre de 1993 de ministerios y su decreto supremo reglamentario 23660 de 12 de octubre de 1993.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se incorpora definitivamente como propiedad del Estado los siguientes bienes vacantes dejados por Dña. Rosa Agramonte Moraleda vda. de Cusicanqui:
- El inmueble en la avenida Arce número 2408 esquina Belisario Salinas.
- El inmueble en la calle Junín número 608 esquina plaza Murillo.
- El inmueble en la avenida Arce número 2415.
- El inmueble en la calle Loayza esquina Comercio.
- El inmueble en la calle Jenaro Sanjinés número 764.
- El inmueble en la calle Capitán Ravelo números 2180 al 2199.
- El inmueble en la calle Rosendo Gutiérrez esquina Zapata.
- El terreno situado en la avenida “6 de Agosto” número 2353.
- El terreno ubicado en la calle “Belisario Salinas” esquina Hermanos Manchego número 1387.
- El lote de joyas y valores depositados en el exBanco del Estado.
- Los bienes rústicos ubicados en la provincia Los Andes, hacienda Peñas, Pajcha Peña, Inquillani y Antocollo.
- Provincia Omasuyos, en Achacachi, Huma Pusa, Warisata y Suñasini.
- Provincia Ingavi: Chonchocoro, Cutini, Machacamarca, Keluyo y Huanacollo.
- Provincia Nor Yungas, Coripata: Hogalani y Cala Cala.

Artículo 2°.- El perfeccionamiento de los derechos patrimoniales del Estado boliviano, así como la custodia, administración y disposición de todos los bienes estarán a cargo del Ministerio de Desarrollo Humano y este decreto supremo servirá de suficiente título para su inscripción en favor del Estado, en el Registro de Derechos Reales, ratificándose la titularidad de los bienes que instituciones estatales y la Universidad Mayor de San Andrés mantienen en posesión, en la actualidad.

Artículo 3°.- Se transfiere definitivamente en favor de la Dra. Rosa Lema Dolz viuda de Lluch, en pago total de su porcentaje de ley como denunciante y sus honorarios profesionales por la denuncia de bienes vacantes de la finada señora Rosa Agramonte Moraleda viuda de Cusicanqui asi como su defensa legal a favor del Estado: la propiedad de los siguientes bienes de la sucesión vacante Agramont: El terreno situado en la avenida 6 de agosto número 2353, el terreno de la calle Capitán Ravelo número 2290 y el terreno situado en la calle Belisario Salinas esquina Hermanos Manchego número 1387, todos en la ciudad de La Paz, a cuyos efectos el presente decreto supremo constituye título suficiente para las respectivas inscripciones en el Registro de Derechos Reales;

Artículo 4°.- Se deroga el Decreto Supremo Nº 8987 de 7 de noviembre de 1969 y todas las disposiciones legales dictadas con anterioridad respecto a este asunto, excepto los artículos 1, 2 y 4 del Decreto Supremo Nº 23551 de 13 de julio de 1993.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Desarrollo Humano queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar Gutiérrez, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24511, 26 de febrero de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe incorpora definitivamente como propiedad del Estado los bienes vacantes dejados por Dña. Rosa Agramonte Moraleda vda. de Cusicanqui.
KeywordsGaceta 1990, 1997-03-31, Decreto Supremo, febrero/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10842
Referencias1997.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar Gutiérrez, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8987] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8987, 7 de noviembre de 1969
Se incorpora el derecho pro pietario del Estado el total de los bienes muebles, inmuebles.
[BO-L-1493] Bolivia: Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, 17 de septiembre de 1993
Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo
[BO-DS-23660] Bolivia: Reglamento Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, DS Nº 23660, 12 de octubre de 1993
REGLAMENTO DE LA LEY DE MINISTERIOS DEL PODER EJECUTIVO.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N2628] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2628, 9 de diciembre de 2015
09 DE DICIEMBRE DE 2015.- Autoriza al Ministerio de Educación, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales como Primer Registro a nombre de esta Cartera de Estado, con la creación de una nueva partida del bien inmueble ubicado en la Avenida 6 de Agosto Nº 2353, de la ciudad de La Paz.
[BO-DS-N2687] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2687, 2 de marzo de 2016
02 DE MARZO DE 2016.- Autoriza al Ministerio de Culturas y Turismo, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales a nombre de esta cartera de Estado, del bien inmueble ubicado en la Calle Junín Nº 608, esquina Plaza Murillo, de la ciudad de La Paz, con Código Catastral 2-3-5; con una superficie de terreno de 1.512,71 m2, colindante al Norte: Vecino, Sur: Plaza Murillo, Este: Vecino y Oeste: Calle Junín.
[BO-DS-N2738] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2738, 20 de abril de 2016
20 DE ABRIL DE 2016.- Implementa el Sello Social Boliviano.
[BO-DS-N3228] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3228, 25 de junio de 2017
28 DE JUNIO DE 2017.- Autoriza al Ministerio de Educación, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales a nombre de esta cartera de Estado, del bien inmueble ubicado en la Calle Genaro Sanjinés N° 764, inscrito en Derechos Reales bajo la Partida 1111, Fojas 1112, Libro “B” de fecha 25 de septiembre de 1968, con una superficie de 952.37 m2, colindante al Norte y al Este con vecinos, al Oeste con la Calle Genaro Sanjinés y al Sur con vecinos.
[BO-DS-N3323] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3323, 13 de septiembre de 2017
13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.- Autoriza al Ministerio de Educación realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales como Primer Registro a nombre de esta Cartera de Estado, con la creación de una nueva partida del bien inmueble ubicado en la calle Belisario Salinas, esquina Hermanos Manchego N° 1387, actual N° 290, de la ciudad de La Paz,, colindante al Norte con la Calle Belisario Salinas, al Este con la Calle Hermanos Manchego, al Oeste y al Sur con vecinos.
[BO-DS-N3518] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3518, 28 de marzo de 2018
28 DE MARZO DE 2018.- Autoriza al Ministerio de Educación, transferir a título gratuito a favor del Ministerio de Deportes, un bien inmueble con una superficie de terreno de 614.14 m2 y una superficie construida de 508,36 mts2, predio ubicado en la calle Belisario Salinas esquina Hermanos Manchego N° 1387, actual N° 290, de la ciudad de La Paz; para el funcionamiento de oficinas del Ministerio de Deportes .

Deroga a

[BO-DS-8987] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8987, 7 de noviembre de 1969
Se incorpora el derecho pro pietario del Estado el total de los bienes muebles, inmuebles.
[BO-DS-23551] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23551, 13 de julio de 1993
Autorízase a los ministerios de Previsión Social y Salud Pública e Interior Migración Justicia y Defensa Social ceder 146.68 m2 y 1.059.25 m2 de los terrenos que son respectivamente propietarios en la calle Capitán Ravelo de la ciudad de La Paz, en favor de la FUNDACIÓN CINEMATECA BOLIVIANA.

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