CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se determina realizar el CENSO NACIONAL DE POBLACION Y VIVIENDA, en todo el territorio nacional, el día miércoles trece de mayo de mil novecientos noventa y dos, con suspensión de actividades públicas y privadas en toda la República, excepto los servicios esenciales de salud, energía eléctrica, agua potable, así como otros de similar urgencia y naturalmente las actividades propias del censo.
Artículo 2°.- Se declara día DEL CENSO NACIONAL DE POBLACION Y VIVIENDA la fecha señalada en el artículo primero, setenta la solemnidad e importancia del proceso mencionado.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22875, 19 de julio de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se determina realizar el CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN Y VIVIENDA, en todo el territorio nacional, el dia miércoles trece de mayo de mil novecientos noventa y dos, con suspensión de actividades públicas y privadas en toda la República, excepto los servicios esenciales de salud, energia eléctrica, agua potable, asi como otros de similar urgencia y naturalmente las actividades propias del censo. | ||||
Keywords | Gaceta 1706, 1991-09-09, Decreto Supremo, julio/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16894 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique Garcia Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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