Bolivia: Ley del Sistema de Control Fiscal, DL Nº 14933, 29 de septiembre de 1977

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO :

  • Que, mediante Decreto Supremo Nº 13737 de 9 de julio de 1976 se dispone la transferencia de funciones de control previo de la Contraloría General de la República al Ministerio de Finanzas, quedando de este modo modificada la estructura orgánica y funcional de la entidad fiscalizadora;
  • Que, las funciones de la Contraloría General deben estar acordes con el avance socio-económico del país y por tanto abarcar el análisis y evaluación de los resultados de la gestión económica, financiera y administrativa de las entidades públicas,
  • Que, la Contraloría General en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5° del citado Decreto Supremo, ha presentado a consideración del Gobierno los proyectos de nueva Ley Orgánica de dicha entidad fiscalizadora y de Ley del Sistema de Control Fiscal y Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal debidamente coordinados, los mismos que después de cuidadoso análisis por la Comisión encargada de su revisión, han sido compartibilizados por el Consejo Nacional de Economía y Planeamiento;
  • Que, dichas disposiciones legales por su trascendencia constituyen parte de la institucionalización y del ordenamiento jurídico administrativo de la República anunciado al país por el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación;
  • Que, en consecuencia, corresponde aprobar los mencionados proyectos para que rijan como leyes de la República.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA :

Artículo 1°.- Apruébase como leyes de la República:

  1. La Ley Orgánica de la Contraloría General, en sus tres títulos, diez capítulos y setenta y dos artículos.
  2. La Ley del Sistema de Control Fiscal en sus cinco títulos, dieciseis capítulos y ochenta y seis artículos.
  3. La Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, en sus dos títulos, ocho capítulos y veintiocho artículos y uno transitorio.

Artículo 2°.- La Contraloría General presentará el correspondiente proyecto de Decreto Reglamentario de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República para su aprobación por el Poder Ejecutivo, y dictará resolución aprobando el Reglamento Interno de la Institución, respecto a su organización y funciones.

Artículo 3°.- Abróganse la Ley de 5 de Mayo de 1928, el Decreto Ley Nº 11902 de 21 de octubre de 1974; los Decretos Supremos Nº 03773 de 24 de junio de 1954, Nº 03964 de 17 de febrero de 1955 y todas las disposiciones contrarias a las leyes a que se refiere el artículo 1° de este Decreto Ley.


Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley del Sistema de Control Fiscal, DL Nº 14933, 29 de septiembre de 1977
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase como leyes de la República: La Ley Orgánica de la Contraloria Gral., la Ley del Sistema de Control Fiscal y la Ley de Procedimiento coactivo Fiscal
KeywordsGaceta 946, 1977-09-29, Decreto Ley, septiembre/1977
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis_gob/13234
Referencias1991.lexml
CreadorFDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-19280505] Bolivia: Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 5 de mayo de 1928
Contraloría General.- Ley Orgánica.
[BO-L-DL14933A] Bolivia: Ley Orgánica de la Contraloría General, 29 de septiembre de 1977
Establece la estructura y funciones de la Contraloría General de la República, con sujeción a las previsiones de la Constitución Política del Estado
[BO-L-DL14933B] Bolivia: Ley del Sistema de Control Fiscal, 29 de septiembre de 1977
El Sistema de Control Fiscal es el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas y órganos relativos al control de los actos administrativos, económicos y financieros de las entidades que integran el Sector Público y comprende el control interno ejercido por los propios organismos de la Administración y el control externo a cargo de la Contraloría General de la República
[BO-L-DL14933C] Bolivia: Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, 29 de septiembre de 1977
Los juicios que se instauren ante la jurisdicción de la Contraloría General de la República, se sustanciarán y resolverán de acuerdo a los principios y normas señalados en el presente procedimiento

Referencias a esta norma

[BO-DS-21137] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21137, 30 de noviembre de 1985
Racionalización del Sistema Salarial y de Seguridad Social del sector público y privado y creación del Fondo Social de Emergencia para el financiamiento de recursos monetarios.
[BO-DS-22165] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22165, 5 de abril de 1989
El Control Gubernamental tendrá por objetivo mejorar: - Le eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y en las operaciones del Estado; - La utilidad, oportunidad, confiabilidad y razonabilidad de la información que se genere sobre el manejo de los recursos; - Los procedimientos para que toda autoridad y ejecutivo rinda cuenta oportuna de los resultados de su gestión; y - La capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo inadecuado de los recursos del Estado.
[BO-RE-DS22468] Bolivia: Reglamento para el incremento salarial en las entidades que no financian sus gastos de servicios personales con recursos del Tesoro Nacional, 6 de abril de 1990
Reglamento para el incremento salarial en las entidades que no financian sus gastos de servicios personales con recursos del Tesoro Nacional.
[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-RE-DS22739] Bolivia: Reglamento para el incremento salarial en las entidades que no financian sus gastos de servicios personales con recursos del Tesoro General de la Nación, 1 de marzo de 1991
Reglamento para el incremento salarial en las entidades que no financian sus gastos de servicios personales con recursos del Tesoro General de la Nación
[BO-L-1602] Bolivia: Ley de Abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales, 15 de noviembre de 1994
Ley de Abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales
[BO-L-2342] Bolivia: Ley Nº 2342, 25 de abril de 2000
Modificación de los Artículos 2°, 4°, 11°, 21°, Titulo VII y 28 de la ley 1632
[BO-DS-N246] Bolivia: Decreto Supremo Nº 246, 12 de agosto de 2009
Modifica el Decreto Supremo N° 28710, de 11 de mayo de 2006, que reglamenta las actividades de los Subsectores del Transporte, modificado por el Decreto Supremo N° 28876, de 4 de octubre de 2006.
[BO-RE-DSN285] Bolivia: Reglamento de Defensa de los derechos del usuario de los servicios aéreo y aeroportuario, 9 de septiembre de 2009
Reglamento de Defensa de los derechos del usuario de los servicios aéreo y aeroportuario
[BO-RE-RM-27] Bolivia: Reglamento regulatorio de transporte ferroviario, 6 de febrero de 2017
Reglamento Regulatorio para la Modalidad de Transporte Ferroviario.
[BO-RE-RM-27-2017] Bolivia: Reglamento regulatorio de transporte ferroviario, 6 de febrero de 2017
Reglamento Regulatorio para la Modalidad de Transporte Ferroviario.

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