CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar parcialmente la Ley Nº 175, de 11 de octubre de 2011, estableciendo las condiciones, requisitos y procedimientos necesarios para la compra de oro por parte del Banco Central de Bolivia - BCB, a las Empresas Mineras Estatales, destinado al incremento de las Reservas Internacionales.
Artículo 2°.- (Condiciones de entrega del oro)
Artículo 3°.- (Determinación del importe final, liquidación y facturación)
Artículo 4°.- (Costos asumidos por los vendedores de oro) Las Empresas Mineras Estatales asumirán los costos de fundición, transporte, seguridad y los que correspondan, hasta el momento de la entrega del oro al BCB.
Artículo 5°.- (Costos asumidos por el BCB) El BCB asumirá los costos por la contratación de los servicios de muestreo, pruebas de laboratorio, transporte y refinación del oro desde el momento de la entrega provisional del metal, en el marco del Reglamento a ser aprobado por el BCB.
Artículo 6°.- (Verificación del grado de pureza del oro)
Artículo 7°.- (Regulaciones administrativas)
Artículo 8°.- (Notas de crédito fiscal)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 1167, 14 de marzo de 2012 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Reglamenta parcialmente la Ley N° 175, de 11 de octubre de 2011, estableciendo las condiciones, requisitos y procedimientos necesarios para la compra de oro por parte del Banco Central de Bolivia – BCB, a las Empresas Mineras Estatales, destinado al incremento de las Reservas Internacionales. | ||||
Keywords | Gaceta 353NEC, 2012-03-14, BCB, Banco Central de Bolivia, Reservas Internacionales, Oro monetario, Decreto Supremo, marzo/2012 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139789 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 353NEC - Publicado el : 2012-03-14, 201203c.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola MINISTRA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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