CONSIDERANDO:
ACUERDAN:
Artículo 1°.- Modificar el Artículo 1 del "Acuerdo para la Concesión de un Plazo de Noventa (90) Días a los Turistas Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados", el cual queda redactado de la siguiente manera:
A los nacionales de las Partes que sean admitidos para ingresar al territorio de alguno de ellos en calidad de turistas, se les otorgará un plazo de permanencia de NOVENTA (90) días. Dicho plazo podrá ser prorrogado por un período similar por los Organismos competentes sin necesidad de abandonar el territorio.
Artículo 2°.- El Acuerdo queda abierto a la firma de las Partes del "Acuerdo para la Concesión de un Plazo de Noventa (90) días a los Turistas Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados".
Artículo 3°.- El Acuerdo queda abierto a la adhesión de otros Estados Asociados, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Decisión CMC N° 28/04.
Artículo 4°.- Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación escrita dirigida a los demás Estados. La denuncia surtirá efecto seis (6) meses después de la fecha de notificación.
Artículo 5°.- El presente Acuerdo entrará en vigor treinta (30) días después del depósito del último instrumento de ratificación de los Estados Partes del MERCOSUR. En la misma fecha entrará en vigor para los Estados Asociados que lo hubieran ratificado anteriormente. Para los Estados Asociados que no lo hubieran ratificado con anterioridad a esa fecha, el Acuerdo entrará en vigor el mismo día en que se deposite el respectivo instrumento de ratificación.
Artículo 6°.- La República del Paraguay será depositaria del presente Acuerdo, debiendo remitir a las partes copias debidamente autenticadas del mismo.
Norma | Bolivia: Acuerdo de 16 de diciembre de 2014 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | ACU |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Acuerdo Modificatorio del Acuerdo para la Concesión de un Plazo de Noventa (90) días a los Turistas Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados, suscrito en fecha 16 de diciembre de 2014, en la ciudad de Paraná, República Argentina. | ||||
Keywords | BO-L-N802, Acuerdo, diciembre/2014 | ||||
Origen | http://www.sice.oas.org/trade/mrcsrs/decisions/DEC_036-2014_s.pdf | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 855NEC, 201605a.lexml | ||||
Creador | La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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