Bolivia: Ley Departamental Nº 6, 4 de noviembre de 2010

LEY DEPARTAMENTAL Nº 06/2010
DE ESTRUCTURA DE CARGOS Y ESCALA SALARIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

  • Qué, el artículo 277 de la Constitución Política del Estado otorga a la Asamblea Legislativa Autónoma del Departamento de Tarija, la facultad legislativa dentro el territorio departamental.
  • Qué, en concordancia con el artículo 113 de la Ley Marco de Autonomías establece en su parágrafo II que las Entidades Territoriales Autónomas establecerán y aprobaran su Escala Salarial y planilla presupuestaria.
  • Qué en conformidad con el Decreto Supremo Nº 567 establece en su Art. 2 que la Estructura de Cargos ÚNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DEBE SER APROBADA MEDIANTE DISPOSICIÓN NORMATIVA EXPRESA DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.
  • Qué, el parágrafo I del Artículo 113 de la Ley Nº 031, establece que: “La administración publica de las entidades territoriales autónomas se regirá por las normas de gestión pública emitidas en el marco de la Constitución Política del Estado y disposiciones legales vigentes” y el parágrafo II del mismo Artículo señala que: “Las entidades territoriales autónomas establecerán y aprobarán su escala salarial y planilla presupuestaria, en el marco de los criterios y lineamientos de política salarial, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.”
  • Qué, el. Decreto Supremo Nº 0567, en su Artículo 2,, parágrafo I; La estructura de Cargos del Gobierno Autónomo Departamental debe ser única; pudiendo ser elaborada de acuerdo a lo siguiente: a) La Asamblea Departamental y el Órgano Ejecutivo Departamental podrán elaborar la estructura de Cargos de manera conjunta. b) La Asamblea Departamental y el Órgano Ejecutivo Departamental, podrán elaborar de manera independiente sus respectivas Estructuras de Cargos. En cualquiera de los casos, la Estructura de Cargos única del Gobierno Autónomo Departamental debe ser aprobada por disposición normativa expresa de la misma. En uso de sus atribuciones, emanadas de la Constitución Política del Estado, las normas legales vigentes y el Reglamento General de Debates, el pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija

RESUELVE:

Artículo 1°.- Se Aprueba la Estructura de Cargos y Escala salarial única, del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija, que incluye al Órgano Ejecutivo, Asamblea Legislativa Departamental y Asamblea Autónoma Regional del Chaco Tarijeño.

Artículo 2°.- Los Asambleístas Suplentes serán remunerados de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0567 de 2 de julio de 2010, y el Reglamento General de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija.

Artículo 3°.- Remítase a los Ministerios de Economía y Finanzas Publicas y de Autonomías, Informes: Técnico y Jurídico, Escala Salarial del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija, según detalle:
ESCALA SALARIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA

NivelCargoN° de CasosMonto en Bs. (H.B.)
1GOBERNADOR113.950
2ASAMBLEISTA DEPARTAMENTAL TITULAR3013.900
EJECUTIVO SECCIONAL DE DESARROLLO1111.050
3ASAMBLEISTA REGIONAL TITULAR911.050
4SECRETARIO DEPARTAMENTAL1311.000
5DIRECTOR DEPARTAMENTAL / ASESOR I499.500
6DIRECTOR II / ASESOR II923.000
7JEFE DE UNIDAD / ASESOR III1705.000
8PROFESIONAL I1525.000
9PROFESIONAL II2514.050
10TÉCNICO ESPECIALIZADO I1753.377
11TÉCNICO ESPECIALIZADO II1513.000
12TÉCNICO I2072.474
13TÉCNICO II2052.225
14TÉCNICO III1441.797
15AUXILIAR I621.319
TOTAL1742

Disposición transitoria

Artículo Único.- La presente Estructura de Cargos y Escala Salarial estarán sujetas a revisión y/o en su caso correcciones para la gestión 2012 o gestiones posteriores.


Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental, para su promulgación y Publicación.
Es dada en la sala de sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil diez años.
Justino Zambrana Cachari - Presidente en ejercicio Asamblea Legislativa Departamental
José Amás Veliz - Secretario Asamblea Legislativa Departamental
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Departamento Autónomo de Tarija.
Palacio de la Gobernación del Departamento de Tarija, a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil diez años.
FDO. DR. MARIO ADEL COSSÍO CORTEZ, Lic. Diego Ávila Navajas, Lie. Emma Bass Werner de Majluf

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Departamental Nº 6, 4 de noviembre de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoLD
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey de estructura de cargos y escala salarial del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija
KeywordsTarija, Ley Departamental, noviembre/2010
Origenhttp://www.tarija.gob.bo/leyes-departamentales/ver-detalles/leyes/ley-006-ley-de-estructura-de-cargos-y-escala-salarial-del-gobierno-autonomo-del-departamento-de-tarija.html
Referencias002-049.lexml
CreadorJustino Zambrana Cachari - Presidente en ejercicio Asamblea Legislativa Departamental José Amás Veliz - Secretario Asamblea Legislativa Departamental FDO. DR. MARIO ADEL COSSÍO CORTEZ, Lic. Diego Ávila Navajas, Lie. Emma Bass Werner de Majluf
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N567] Bolivia: Decreto Supremo Nº 567, 2 de julio de 2010
Reglamenta la Ley Nº 017, de 24 de mayo de 2010, Ley Transitoria para el Funcionamiento de las Entidades Territoriales Autónomas, estableciendo medidas administrativas, contables y financieras.
[BO-L-N31] Bolivia: Ley marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, 19 de julio de 2010
Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez”

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