Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 13 de abril de 2012

AMPLIACIÓN PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA CONTRIBUYENTES RESTO CON CIERRE DE GESTIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO No 10–0006-12
La Paz, 13 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, faculta a la Administración Tributaria a dictar normas de carácter general a efectos de la aplicación de la norma tributaria.
  • Que los Artículos 36 y 39 del Decreto Supremo Nº 24051 de 29 de junio de 1995, establecen la presentación de Estados Financieros y el cierre de gestión fiscal de los sujetos pasivos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas que llevan registros contables.
  • Que la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0008-11 de 14 de abril de 2011, reglamenta la forma y lugares de presentación de los Estados Financieros y del Formulario 605.
  • Que debido a las modificaciones tecnológicas implementadas por la Administración Tributaria y con el propósito de facilitar la presentación de la declaración jurada 605, los Estados Financieros y otros documentos que acompañan a éstos, es necesario establecer un cronograma para su cumplimiento.
  • Que de acuerdo al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Normativa de Directorio N° 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo 1°.- (Cronograma) Los sujetos pasivos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2011, categorizados como contribuyentes Resto (No PRICOS ni GRACOS), obligados a presentar Estados Financieros y otros documentos que correspondan, conforme establece la normativa vigente, presentarán los mismos y el Formulario 605, de acuerdo al siguiente cronograma:

Último dígito del NITPlazo de presentación
0, 1 y 2Del 21 al 28 de mayo de 2012
3, 4 y 5Del 29 de mayo al 4 de junio de 2012
6, 7, 8 y 9Del 5 al 12 de junio de 2012

Artículo 2°.- (Aclaración)
I. Se mantiene el plazo establecido para la presentación y pago de la declaración jurada del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), mediante los formularios que correspondan, para los sujetos pasivos de este impuesto cuya fecha de vencimiento es el 30 de abril de 2012.
II. Lo dispuesto en el Artículo precedente no alcanza a los sujetos pasivos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) categorizados como contribuyentes PRICOS o GRACOS, ni a los obligados a presentar la Memoria Anual (Formulario 520), debiendo cumplir con sus obligaciones tributarias conforme a lo establecido en la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0008-11 de 14 de abril de 2011.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 13 de abril de 2012
Fecha2012-05-22FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAmpliación plazo para la presentación de estados financieros para contribuyentes resto con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2011
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, abril/2012
Origenhttps://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd2012/rnd10-0006-2012.pdf
Referencias2012a.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24051] Bolivia: Reglamento del impuesto sobre las utilidades de las empresas, DS Nº 24051, 29 de junio de 1995
IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. (tabla de depreciación)
[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO_SIN-RND-10-0008-11] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 14 de abril de 2011
Presentación de Estados Financieros o Memoria Anual

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