Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 15 de agosto de 2011

PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS - AGENCIA LOCAL TRIBUTARIA QUILLACOLLO
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0021-11
La Paz, del 15 de agosto de 2011
  • Que conforme a lo dispuesto en el Parágrafo III del Artículo 53 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de los tributos.
  • Que la Asociación de Banco Privados Filial Cochabamba mediante nota Cite: ASOBAN No 136/2011 comunica a la ASFI que por la festividad de Integración Nacional en homenaje a la Virgen de Urkupiña las agencias de los Bancos Ganadero, Mercantil, Crédito, Bisa, Económico, Nacional y Unión que se encuentran en la Localidad de Quillacollo, suspenderán la atención al público los días sábado 13, lunes 15 y martes 16 de agosto de 2011 a objeto de precautelar personal, clientes e instalaciones de los mismos, por lo que es necesario prorrogar el plazo del vencimiento establecido para la presentación de declaraciones y pagos de impuestos en esas fechas, a fin de resguardar los derechos de los contribuyentes.
  • Que de conformidad al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del SIN puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en este entendido, el Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto así lo imponga, para su posterior homologación.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26492 de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 de 29 de agosto de 2002,

RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar hasta el 17 de agosto de 2011, el plazo de presentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y demás obligaciones impositivas correspondientes al periodo fiscal julio/2011, de los sujetos pasivos registrados en la Agencia Local Tributaria Quillacollo, con Números de Identificación Tributaria terminados en los dígitos cero (1), uno (1), dos (2) y tres (3), cuyos vencimientos se producen los días 15 y 16 de agosto de 2011.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 15 de agosto de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPrórroga de Vencimiento para la Declaración y Pago de Obligaciones Tributarias - Agencia Local Tributaria Quillacollo
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, agosto/2011
Origenhttp://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd/rnd10-0021-11%20-%20los%20tiempos.pdf
Referencias2010-2012.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-26492] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26492, 31 de enero de 2002
Se aprueban los Convenios Interinstitucionales entre la la Confederación Sindical de Choferes de Bolivia y la Policía Nacional (Certificados de Salud y Hojas de Circulación).
[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario

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