VISTOS:
La solicitud presentada por el representante legal de el CENTRO DE RESIDENTES CURAHUARA DE CARANGAS-SAJAMA, entidad civil sin fines de lucro, cuya sigla es CERECSA, con domicilio legal en la avenida Blanco Galindo, Kilómetro 7, esquina Calle Sebastián Pagador, sin número, Municipio de Colcapirhua, Departamento de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, la documentación de respaldo, informe preliminar y final y, disposiciones legales y normativas en vigencia.
POR TANTO:
El Ministro de Autonomías con las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, el Decreto Supremo Nº 802 de 23 de febrero de 2011, el Artículo 8 de la Ley Nº 351 de 19 de marzo de 2013 de Otorgación de Personalidades Jurídicas, el inciso a) del artículo 23 del Decreto Supremo Nº 1597 de 5 de junio de 2013 Reglamento Parcial a la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas y, las disposiciones legales en vigencia,
RESUELVE:
Artículo 1°.-
Artículo 2°.- Registrar a la CENTRO DE RESIDENTES CURAHUARA DE CARANGAS-SAJAMA, entidad civil sin fines de lucro , cuya sigla es CERECSA en el Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas - SIREPEJU, componente “Registro de Personalidades Jurídicas”.
Artículo 3°.- Registrar el Estatuto Orgánico conformado por Ocho Títulos y Cuarenta y siete Artículos y el Reglamento Interno integrado por Ocho Títulos y Cuarenta y Nueve Artículos del CENTRO DE RESIDENTES CURAHUARA DE CARANGAS-SAJAMA, entidad civil sin fines de lucro, cuya sigla es CERECSA en el componente “Base de datos de los Estatutos y Reglamentos Internos de las personas colectivas”.
Norma | Bolivia: Resolución Ministerial Nº 33, 30 de noviembre de 2016 | ||||
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Fecha | 2016-12-24 | Formato | Text | Tipo | RM |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 22 DE MARZO DE 2016.- Otorgar personalidad jurídica al CENTRO DE RESIDENTES CURAHUARA DE CARANGAS-SAJAMA, entidad civil sin fines de lucro, cuya sigla es CERECSA para desarrollar actividades no financieras en todos los Departamentos que comprenden el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública u otras tareas no determinadas en su Estatuto, bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica. | ||||
Keywords | Resolución Ministerial, noviembre/2016 | ||||
Origen | https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/154192 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 914NEC, 201612a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Hugo Siles Núñez del Prado MINISTRO DE AUTONOMIAS. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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