Bolivia: Ley Nº 987, 1 de noviembre de 2017

Decreto Supremo Nº 3387
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 39 de la Ley Nº 913, de 16 de marzo de 2017, de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, dispone que el Consejo Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas - CONALTID desarrolla sus funciones a través de la Secretaría de Coordinación bajo dependencia del Ministerio de Gobierno. Tiene por objeto coordinar y gestionar el funcionamiento interno del CONALTID, así como con otras instancias involucradas en la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas.
  • Que el Artículo 44 de la Ley Nº 913, establece que la Dirección General de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico - DG-FELCN, deberá contar con medios de apoyo tecnológico y logísticos necesarios, para el desarrollo de sus funciones en la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas.
  • Que el inciso d) del Artículo 34 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece como atribución del Ministerio de Gobierno el formular, dirigir, coordinar y administrar políticas en el ámbito de defensa social y lucha contra el narcotráfico, que comprenderá asimismo el régimen de sustancias controladas y bienes incautados.
  • Que el Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 2063, de 23 de julio de 2014, señala que independientemente de la fuente de financiamiento, la compra de vehículos debe ser autorizada mediante Decreto Supremo expreso.
  • Que el Convenio de Financiamiento DCI-ALA/2014/025-027, de 25 junio de 2015, fue suscrito para la ejecución y financiamiento del Programa de Apoyo al Plan de Acción para implementar la Estrategia de la Lucha contra el Narcotráfico y la Reducción de Cultivos Excedentarios de Coca - ELCNyRCEC.
  • Que la Cláusula Segunda del Convenio Subsidiario de Donación DGGFE-011/2015, de 23 de septiembre de 2015, emergente del Convenio de Financiamiento principal y con destino a la implementación del mismo al interior del Estado Boliviano, se define que, el Ejecutor del Programa CONALTID DCI-ALA /2014/025-027 es el Ministerio de Gobierno a través de la Secretaría de Coordinación del CONALTID.
  • Que el Ministerio de Gobierno requiere la compra de treinta (30) vehículos para el fortalecimiento del parque automotor para la interdicción al tráfico ilícito de sustancias controladas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza para la presente gestión al Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas - CONALTID, la compra de treinta (30) vehículos tipo vagoneta 4X4, estándar, destinadas a la Dirección General de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico - DG-FELCN para uso operativo de Interdicción al Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas a nivel nacional, en cumplimiento del “Programa de Apoyo al Plan de Acción para Implementar la Estrategia de Lucha contra el Narcotráfico y la Reducción de Cultivos Excedentarios de Coca”, financiados con Fuentey Organismo 10-111 “Tesoro General de la Nación”, bajo la modalidad Apoyo Presupuestario Sectorial.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca Ministro de la Presidencia e Interino de Defensa, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava Ministra de Salud e Interina de Educación, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Gisela Karina López Rivas MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE CULTURAS Y TURISMO, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 987, 1 de noviembre de 2017
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario01 DE NOVIEMBRE DE 2017.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 4.0000 ha (Cuatro Hectáreas), de propiedad del Ministerio de Defensa, ubicado en el Municipio de Montero, Provincia Obispo Santiesteban del Departamento de Santa Cruz; a favor del Ministerio de Salud, con destino exclusivo para la Construcción de un Establecimiento de Salud Hospitalario de Tercer Nivel, de conformidad a la Resolución Ministerial N° 0702 de 2 de octubre de 2017, emitida por el Ministerio de Defensa.
KeywordsGaceta 1007NEC, Ley, noviembre/2017
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/156935
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1007NEC, 201901c.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca Ministro de la Presidencia e Interino de Defensa, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava Ministra de Salud e Interina de Educación, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Gisela Karina López Rivas MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE CULTURAS Y TURISMO, Tito Rolando Montaño Rivera.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-DS-N283] Bolivia: Decreto Supremo Nº 283, 2 de septiembre de 2009
Racionaliza el parque automotor de las entidades públicas, a través de la calificación, clasificación, disposición y baja de los remanentes. Asimismo, autoriza la compra y/o alquiler de vehículos, para las entidades públicas, previo cumplimiento de requisitos.
[BO-DS-N2063] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2063, 23 de julio de 2014
Modifica los Artículos 12 y 14 del Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, así como establece regulaciones específicas sobre uso y registro de los vehículos.
[BO-L-N913] Bolivia: Ley de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, 23 de marzo de 2017
16 DE MARZO DE 2017.- LEY DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS CONTROLADAS
[BO-DS-N3387] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3387, 1 de noviembre de 2017
01 DE NOVIEMBRE DE 2017.- Autoriza para la presente gestión al Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas – CONALTID, la compra de treinta (30) vehículos tipo vagoneta 4X4, estándar, destinadas a la Dirección General de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico – DG-FELCN para uso operativo de Interdicción al Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas a nivel nacional, en cumplimiento del “Programa de Apoyo al Plan de Acción para Implementar la Estrategia de Lucha contra el Narcotráfico y la Reducción de Cultivos Excedentarios de Coca”, financiados con Fuente y Organismo 10-111 “Tesoro General de la Nación”, bajo la modalidad Apoyo Presupuestario Sectorial.

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