Artículo Único.- De conformidad con los numerales 8 y 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el “Acuerdo Marco Concerniente a los Créditos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Económico, para los años 2015 al 2019, entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República de Corea”, suscrito el 27 de marzo de 2015, en la ciudad de Busan, República de Corea.
Norma | Bolivia: Ley Nº 841, 12 de octubre de 2016 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 12 DE OCTUBRE DE 2016.- Aprueba el “Acuerdo Marco Concerniente a los Créditos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Económico, para los años 2015 al 2019, entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República de Corea”. | ||||
Keywords | Gaceta 901NEC, Ley, octubre/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153995 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 901NEC, 201612a.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Eliana Mercier Herrera, Víctor Hugo Zamora Castedo, Mario Mita Daza, Jhovana M. Jordan Antonio. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Ana Verónica Ramos Morales MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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