Artículo 1°.-
Artículo 2°.- Los trámites de regulación del derecho propietario de los predios transferidos estarán a cargo del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni.
Artículo 3°.- La construcción, reparación y mantenimiento del camino vecinal, estarán a cargo del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni, en el marco de sus competencias conforme lo determina el Artículo 96, Parágrafo VIII de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
Norma | Bolivia: Ley Nº 725, 24 de agosto de 2015 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 24 DE AGOSTO DE 2015.- Aprueba la transferencia directa a título oneroso a precio catastral de los predios de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), legalmente inscrito bajo la partida 204 del año 1953, que acredita el derecho propietario de COMIBOL donde anteriormente funcionaba la línea férrea Machacamarca - Huanuni - Llallagua, para la construcción del camino vecinal que dé continuidad a la Diagonal Jaime Mendoza, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni. | ||||
Keywords | Gaceta 785NEC, Ley, agosto/2015 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153285 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 785NEC, 201509a.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Felix Cesar Navarro Miranda, Hugo José Siles Nuñez del Prado. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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