Bolivia: Ley Nº 718, 7 de agosto de 2015

Ley Nº 718
LEY DE 06 DE AGOSTO DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.-

  1. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral 10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio Crédito Preferencial al Comprador, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco de China de Exportaciones - Importaciones - EXIMBANK, en fecha 30 de junio de 2015, por un monto de hasta US$492.400.000.- (Cuatrocientos Noventa y Dos Millones Cuatrocientos mil 00/100 Dólares Estadounidenses), para el financiamiento del “Proyecto Carretera Rurrenabaque - Riberalta”.
  2. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Convenio Crédito Preferencial al Comprador, aprobado por la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cinco días del mes de agosto del año dos mil quince.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ciudad de Trinidad del departamento del Beni, a los seis días del mes de agosto del año dos mil quince.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Reymi Luis Ferreira Justiniano MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE LA PRESIDENCIA, René Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Milton Claros Hinojosa, Hugo José Siles Nuñez del Prado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 718, 7 de agosto de 2015
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario06 DE AGOSTO DE 2015.- Aprueba el Convenio Crédito Preferencial al Comprador, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco de China de Exportaciones – Importaciones – EXIMBANK, en fecha 30 de junio de 2015, por un monto de hasta US$492.400.000, para el financiamiento del “Proyecto Carretera Rurrenabaque – Riberalta”.
KeywordsGaceta 782NEC, Ley, agosto/2015
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153261
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 782NEC, 201509a.lexml
CreadorFdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez. Fdo. EVO MORALES AYMA, Reymi Luis Ferreira Justiniano MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE LA PRESIDENCIA, René Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Milton Claros Hinojosa, Hugo José Siles Nuñez del Prado.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N718] Bolivia: Ley Nº 718, 7 de agosto de 2015
06 DE AGOSTO DE 2015.- Aprueba el Convenio Crédito Preferencial al Comprador, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco de China de Exportaciones – Importaciones – EXIMBANK, en fecha 30 de junio de 2015, por un monto de hasta US$492.400.000, para el financiamiento del “Proyecto Carretera Rurrenabaque – Riberalta”.

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