Bolivia: Ley Nº 675, 15 de abril de 2015

Ley Nº 675
LEY DE 15 DE ABRIL DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, transferir a título gratuito, los predios situados en los manzanos 7-44-1, 7-45-1, 7-52-1 y 7-53-1 del Municipio de Guayaramerín del Departamento de Beni, inscritos en Derechos Reales, bajo la Matrícula Computarizada N° 8.02.2.01.0006624, con una superficie total de 40.000 metros cuadrados (m2), a favor del Fideicomiso - AEVIVIENDA constituido en el Banco Unión S. A. en el marco del Decreto Supremo Nº 0986, de 21 de septiembre de 2011, para la ejecución de programas y/o proyectos destinados a la dotación de soluciones habitacionales y hábitat a la población del Estado Plurinacional de Bolivia.

Disposición adicional

Artículo adicional Único.- Conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0986, los bienes transferidos en el marco de la presente Ley, serán destinados a vivienda social, para lo cual se autoriza a las partes del Fideicomiso - AEVIVIENDA constituido en el Banco Unión S. A., las modificaciones contractuales para el cumplimiento de la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los nueve días del mes de abril del año dos mil quince.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez diez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de abril del año dos mil quince.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Milton Claros Hinojosa, Marianela Paco Durán.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 675, 15 de abril de 2015
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario15 DE ABRIL DE 2015.- Autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, transferir a título gratuito, los predios situados en los manzanos 7-44-1, 7-45-1, 7-52-1 y 7-53-1 del Municipio de Guayaramerín del Departamento de Beni, a favor del Fideicomiso - AEVIVIENDA constituido en el Banco Unión S.A. en el marco del Decreto Supremo Nº 0986.
KeywordsGaceta 745NEC, Ley, abril/2015
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153063
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 745NEC, 201505a.lexml
CreadorFdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez diez. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Milton Claros Hinojosa, Marianela Paco Durán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-N986] Bolivia: Decreto Supremo Nº 986, 21 de septiembre de 2011
Crea la Agencia Estatal de Vivienda, como entidad encargada de la dotación de soluciones habitacionales y hábitat a la población del Estado Plurinacional de Bolivia. Asimismo, define las condiciones generales para el cierre del Programa de Vivienda Social y Solidaria – PVS, creado mediante Decreto Supremo Nº 28794, de 12 de julio de 2006.
[BO-L-N675] Bolivia: Ley Nº 675, 15 de abril de 2015
15 DE ABRIL DE 2015.- Autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, transferir a título gratuito, los predios situados en los manzanos 7-44-1, 7-45-1, 7-52-1 y 7-53-1 del Municipio de Guayaramerín del Departamento de Beni, a favor del Fideicomiso - AEVIVIENDA constituido en el Banco Unión S.A. en el marco del Decreto Supremo Nº 0986.

Referencias a esta norma

[BO-DP-24199] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 24199, 22 de diciembre de 1995
Se ratifica como Comandante General de la Policía Nacional al General WILLY ARRIAZA MONJE, quien continuará en el ejercicio de sus funciones.

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