Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 14, de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 37 y 55 de la Ley Nº 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el Tratado Constitutivo del Centro Regulador de Medicamentos del ALBA - TCP y del Registro Grannacional de los Medicamentos de Uso Humano del ALBA - TCP (ALBAMED), suscrito en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, el 30 de julio de 2013.
Norma | Bolivia: Ley Nº 546, 15 de julio de 2014 | ||||
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Fecha | 2024-04-06 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ratifica el Tratado Constitutivo del Centro Regulador de Medicamentos del ALBA - TCP y del Registro Grannacional de los Medicamentos de Uso Humano del ALBA - TCP (ALBAMED), suscrito en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, el 30 de julio de 2013. | ||||
Keywords | Gaceta 662NEC, Ley, julio/2014 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152483 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 662NEC, 201409b.lexml | ||||
Creador | Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efrain Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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