Artículo Único.- De conformidad al Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, del lote de terreno con una superficie de 6.713 metros cuadrados, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Camargo, ubicado en la zona denominada “Porvenir Municipal II”, parcela N° 001, del municipio de Camargo de la provincia Nor Cinti del departamento de Chuquisaca, debidamente registrado en Derechos Reales de Chuquisaca en el Folio con Matrícula N° 1.07.0.10.0000157, bajo el asiento A-1 de titularidad sobre el dominio, cuyas colindancias son: al Norte, Quebrada Sin Nombre; al Sur, Comunidad campesina Porvenir Parcela 054; al Este, Comunidad campesina Porvenir Parcela 044; y al Oeste, Red Fundamental F1 (Carretera Camargo-Tarija); a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos-YPFB, con destino a la construcción de un surtidor que aprovisione gasolina, diesel y gas natural vehicular (GNV), conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 50/2013, de fecha 5 de noviembre de 2013.
Norma | Bolivia: Ley Nº 525, 12 de mayo de 2014 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aprueba la enajenación, a título gratuito, del lote de terreno con una superficie de 6.713 metros cuadrados, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Camargo, a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos-YPFB, con destino a la construcción de un surtidor que aprovisione gasolina, diesel y gas natural vehicular (GNV), conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 50/2013, de fecha 5 de noviembre de 2013. | ||||
Keywords | Gaceta 644NEC, Ley, mayo/2014 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152252 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 644NEC, 201405g.lexml | ||||
Creador | Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Farides Vaca Suárez de Suárez, Ángel David Cortés Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Juan José Hernando Sosa Soruco, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.