Artículo 1°.- Se declara como prioridad e interés del Estado Plurinacional de Bolivia implementar planes, programas y proyectos que busquen optimizar el uso racional y eficiente de la energía, preservando el medio ambiente y la salud humana.
Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, en coordinación con las entidades territoriales autónomas, priorizarán a corto plazo la sustitución gradual de focos incandescentes por focos ahorradores (fluorescentes), incentivando y fomentando su uso y comercialización a través de campañas de concientización.
Artículo 3°.- El Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, en coordinación con las entidades territoriales autónomas, en el marco de sus competencias, desarrollará mecanismos de difusión educativos para generar cultura en el área de eficiencia energética, manejo, reciclado y disposición final de los focos ahorradores, mediante Reglamento en el plazo de 90 (noventa) días a partir de su promulgación.
Norma | Bolivia: Ley Nº 305, 9 de noviembre de 2012 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara como prioridad e interés del Estado Plurinacional de Bolivia implementar planes, programas y proyectos que busquen optimizar el uso racional y eficiente de la energía, preservando el medio ambiente y la salud humana. | ||||
Keywords | Gaceta 440NEC, Ley, noviembre/2012 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141520 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 440NEC, 201211b.lexml | ||||
Creador | Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, María Elena Méndez León, Wilson Changaray T., Angel David Cortéz Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Juan José Hernando Sosa Soruco, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Roberto Iván Aguilar Gómez, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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