Artículo Único.-
“El monto mínimo para todos los hechos resarcibles calificado procedentes será equivalente a treinta (30) días de resarcimiento”
“a) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, asignar con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN, un importe en bolivianos, equivalente a $us. 3.600.000.- (TRES MILLONES SEISCIENTOS mil 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), como pago único y definitivo del TGN, correspondiente al veinte por ciento (20%) del monto total de resarcimiento excepcional a víctimas de violencia política.”
Artículo final Único.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas asignar a la Unidad de Apoyo a la Gestión Social del Ministerio de la Presidencia, el presupuesto establecido en el Artículo 16 de la Ley Nº 2640, modificado por la presente Disposición Legal, en base al monto total establecido en el Decreto Supremo que se emita con la lista oficial definitiva de beneficiarios que recibirán el pago según el salario mínimo nacional de la gestión 2011.
Se abrogan y derogan todas las disposiciones, contrarias a la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 238, 30 de abril de 2012 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Incorpora en la parte final del Artículo 7 de la Ley Nº 2640, de 11 de marzo de 2004, Resarcimiento Excepcional a Víctimas de Violencia Política en Periodos de Gobiernos Inconstitucionales. | ||||
Keywords | Gaceta 369NEC, 2012-05-01, Ley, abril/2012 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139852 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 369NEC - Publicado el: 2012-05-01, 201205a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Luis Alfaro Arias, Ángel David Cortés Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luís Alberto Arce Catacora, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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