Bolivia: Ley Nº 1329, 10 de septiembre de 2020

Ley Nº 1329
LEY DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2020
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.-

  1. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Financiamiento para el Crédito N° 6516-BO y el Crédito N° 6517-BO, destinados a financiar el “Proyecto de Resiliencia Urbana en Bolivia”, suscrito en fecha 5 de marzo de 2020, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento - AIF del Banco Mundial, por un monto de hasta $us20.000.000.- (Veinte Millones 00/100 de Dólares Estadounidenses) para el Crédito N° 6516-BO, y $us50.000.000.- (Cincuenta Millones 00/100 de Dólares Estadounidenses) para el Crédito N° 6517-BO.
  2. Se autoriza al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en el marco de sus competencias, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Financiamiento para el Crédito N° 6516-BO, aprobado por la presente Ley.
  3. Se autoriza al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en el marco de sus competencias, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Financiamiento para el Crédito N° 6517-BO, aprobado por la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil veinte.
FDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemí Natividad Díaz Taborga, Adela Cussi Camata, Nelly Lenz Roso, Sandra Cartagena Lopez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Branko Goran Marinkovic Jovicevic, Oscar Miguel Ortiz Antelo, Iván Arias Durán.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1329, 10 de septiembre de 2020
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario (Cincuenta Millones 00/100 de Dólares Estadounidenses) para el Crédito N° 6517-BO.
KeywordsGaceta 1309NEC, Ley, septiembre/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168219
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1309NEC, 202011a.lexml
CreadorFDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemí Natividad Díaz Taborga, Adela Cussi Camata, Nelly Lenz Roso, Sandra Cartagena Lopez. FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Branko Goran Marinkovic Jovicevic, Oscar Miguel Ortiz Antelo, Iván Arias Durán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1329] Bolivia: Ley Nº 1329, 23 de abril de 1992
Zona de emergencia y desastre ecológico nacional, Declárase al valle del Departamento de Tarija
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

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