Artículo Único.- De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título oneroso, de 31 lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, con una superficie total de 6.605,99 m², fracción de una superficie mayor de 71.113,00 m², ubicados en la comunidad de Charapaqui, Urbanización San Pedro del Municipio de El Alto, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, registrado en oficinas de Derechos Reales de El Alto, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 2.01.4.01.0044783; a favor de los beneficiarios cuya nómina y detalles técnicos se encuentran en Anexo que forma parte indivisible de la presente Ley, conforme lo establece la Ley Municipal N° 366 de 27 de septiembre de 2016, modificado por la Ley Municipal N° 501 de 17 de septiembre de 2018, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1285, 11 de marzo de 2020 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aprueba la transferencia, a título oneroso, de 31 lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, con una superficie total de 6.605,99 m², fracción de una superficie mayor de 71.113,00 m², ubicados en la comunidad de Charapaqui, Urbanización San Pedro del Municipio de El Alto, Provincia Murillo del Departamento de La Paz; a favor de los beneficiarios cuya nómina y detalles técnicos se encuentran en Anexo que forma parte indivisible de la presente Ley, conforme lo establece la Ley Municipal N° 366 de 27 de septiembre de 2016, modificado por la Ley Municipal N° 501 de 17 de septiembre de 2018, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto. | ||||
Keywords | Gaceta 1241NEC, Ley, marzo/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168123 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1241NEC, 202206c.lexml | ||||
Creador | FDO. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Victor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Norman Lazarte Calizaya, Ginna Maria Torrez Saracho. MONICA EVA COPA MURGA PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA LEGISTALTIVA PLURINACIONAL | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.