Artículo 1°.- De conformidad con el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 35 de la Ley Nº 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el “Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 31 de mayo de 2001.
Artículo 2°.- Al adherirse al Protocolo, deberá formularse la siguiente reserva:
“Reserva. El Estado Plurinacional de Bolivia manifiesta la inaplicabilidad del Artículo 16 numeral 2, del “Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, que podrían interpretarse contrarias al ordenamiento jurídico vigente.”
Artículo 3°.- El Órgano ejecutivo queda encargado de formalizar la Adhesión del Estado Plurinacional de Bolivia, a dicho Instrumento Internacional.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1245, 18 de octubre de 2019 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ratifica el “Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 31 de mayo de 2001. | ||||
Keywords | Gaceta 1207NEC, Ley, octubre/2019 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/166277 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1207NEC, 201911a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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