Artículo 1°.- Declárase Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a:
Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en el marco de sus competencias, podrán implementar planes y programas de promoción, conservación y protección de la “Basílica Menor de San Francisco” - Templo Mayor de los Andes, del Centro Cultural “Museo San Francisco”, y del “Convento de San Francisco”.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1078, 12 de julio de 2018 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 11 DE JULIO DE 2018.- Declárase Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a:a) La “Basílica Menor de San Francisco”, como Templo Mayor de Los Andes;b) El Centro Cultural “Museo San Francisco”;c) El “Convento de San Francisco”;Ubicados en el Municipio de Nuestra Señora de La Paz del Departamento de La Paz. | ||||
Keywords | Gaceta 1081NEC, Ley, julio/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/158390 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1081NEC, 201902a.lexml | ||||
Creador | FDO. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Sebastián Texeira Rojas, Margarita del C. Fernández Claure. FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Wilma Alanoca Mamani. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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