Bolivia: Ley Nº 1016, 27 de diciembre de 2017

Ley Nº 1016
LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Casa Natal del Ex Presidente de Bolivia, Tcnl. Gualberto Villarroel López, ubicado en el Municipio de Villa Rivero, Provincia Punata del Departamento de Cochabamba, por su valor Histórico y Arquitectónico.

Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Rivero, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de registro, conservación, restauración, preservación, protección y promoción de la Casa Natal del Ex Presidente de Bolivia, Tcnl. Gualberto Villarroel López.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paúl Aguilar Condo, Patricia M. Gómez Andrade, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Wilma Alanoca Mamani.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1016, 27 de diciembre de 2017
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario26 DE DICIEMBRE DE 2017.- Declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Casa Natal del Ex Presidente de Bolivia, Tcnl. Gualberto Villarroel López, ubicado en el Municipio de Villa Rivero, Provincia Punata del Departamento de Cochabamba, por su valor Histórico y Arquitectónico.
KeywordsGaceta 1024NEC, Ley, diciembre/2017
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/157233
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1024NEC, 201901d.lexml
CreadorFdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paúl Aguilar Condo, Patricia M. Gómez Andrade, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas. Fdo. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Wilma Alanoca Mamani.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1016] Bolivia: Ley Nº 1016, 13 de octubre de 1988
Contrato con OPEP. Apruébase el de Préstamo suscrito con la Organización de Países Exportadores de Petróleo, en Viena el 30 de marzo de 1988, por $us. 2 millones, destinado al Proyecto de Desarrollo Rural de Chuquisaca
[BO-L-N1016] Bolivia: Ley Nº 1016, 27 de diciembre de 2017
26 DE DICIEMBRE DE 2017.- Declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Casa Natal del Ex Presidente de Bolivia, Tcnl. Gualberto Villarroel López, ubicado en el Municipio de Villa Rivero, Provincia Punata del Departamento de Cochabamba, por su valor Histórico y Arquitectónico.

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