Artículo 1°.- Créase el cantón Curva Pucara con su capital del mismo nombre, en la jurisdicción de la Provincia Los Andes del Departamento de La Paz, comprendiendo las siguientes comunidades: Huallaquiri, Querqueta, Arapata, Quintupata, Sacacani, Kantapa, Callamarca, Chuñuchuñuni, Siquiri, Collo Collo y Pucara.
Artículo 2°.- Los límites del cantón son los siguientes: al norte con al cantón Tambillo; al sud con el cantón Cuipa España de Machaca; al este con el cantón San Juán de Satatotoras; al oeste con el cantón Tiahuanacu.
Artículo 3°.- El Intituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones y fijar los hitos respectivos, de acuerdo con el artículo 6° del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950.
Norma | Bolivia: Ley Nº 993, 25 de marzo de 1988 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Curva Pucara. Créase en la Provincia Los Andes, La Paz | ||||
Keywords | Ley, marzo/1988 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=993 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Luis Añez Alvares.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Durán.- SENADOR SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.. - DIPUTADO SECRETARIO.- H. Ulisis Hurtado Cuéllar.- DIPUTADO SECRETARIO.- Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Dr. Juan Carlos Durán Saucedo.- Ministro del Interior Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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