Bolivia: Ley Nº 993, 25 de marzo de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el cantón Curva Pucara con su capital del mismo nombre, en la jurisdicción de la Provincia Los Andes del Departamento de La Paz, comprendiendo las siguientes comunidades: Huallaquiri, Querqueta, Arapata, Quintupata, Sacacani, Kantapa, Callamarca, Chuñuchuñuni, Siquiri, Collo Collo y Pucara.

Artículo 2°.- Los límites del cantón son los siguientes: al norte con al cantón Tambillo; al sud con el cantón Cuipa España de Machaca; al este con el cantón San Juán de Satatotoras; al oeste con el cantón Tiahuanacu.

Artículo 3°.- El Intituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones y fijar los hitos respectivos, de acuerdo con el artículo 6° del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950.


Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. H. Luis Añez Alvares.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Durán.- SENADOR SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.. - DIPUTADO SECRETARIO.- H. Ulisis Hurtado Cuéllar.- DIPUTADO SECRETARIO.-
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Dr. Juan Carlos Durán Saucedo.- Ministro del Interior Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 993, 25 de marzo de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón Curva Pucara. Créase en la Provincia Los Andes, La Paz
KeywordsLey, marzo/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=993
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Luis Añez Alvares.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Durán.- SENADOR SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.. - DIPUTADO SECRETARIO.- H. Ulisis Hurtado Cuéllar.- DIPUTADO SECRETARIO.- Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Dr. Juan Carlos Durán Saucedo.- Ministro del Interior Migración y Justicia.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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