Bolivia: Ley Nº 985, 2 de marzo de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el inciso 12 del artículo 59 de la Constitución Política del Estado, se aprueban los siguientes convenios internacionales suscritos con la República Socialista Federativa de Yugoslavia:
Convenio Comercial, firmado el 2 de octubre de 1963 en Cochabamba;
Convenio sobre Colaboración Financiera y Técnica, firmado el 2 de octubre de 1963 en Cochabamba; y
Convenio sobre Supresión de Visas, firmado el 11 de abril de 1983 en La Paz.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. H. Ciro Humboldt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Alfredo Cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Gonzalo Simbrón García.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.- DIPUTADO SECRETARIO.-
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Guillermo Bedregal Gutiérrez.- Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. Lic. Juan Carlos Durán Saucedo.- Ministro de Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 985, 2 de marzo de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueban los convenios internacionales suscritos con la República socialista federativa de Yugoslavia
KeywordsLey, marzo/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=985
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Ciro Humboldt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Alfredo Cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Gonzalo Simbrón García.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.- DIPUTADO SECRETARIO.- Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Guillermo Bedregal Gutiérrez.- Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. Lic. Juan Carlos Durán Saucedo.- Ministro de Interior, Migración y Justicia.
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Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

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