Artículo 1°.- Créase el cantón Paucares en la provincia Camacho del departamento de La Paz, con los siguientes límites: al norte con el cantón Italaque, al sur con el cantón Tajani, al este con el cantón Ambará, y al oeste con el cantón Escoma.
Artículo 2°.- Las comunidades que integrarán el cantón a crearse son: Pacaures, Yocarguaya, Chojasquía, Jotilaya, Tacaraca, Vincalla, Callapampa, Cariquina Chico, Taypi Ayca, Taypi Llojillije, Taypi Morocarca, Cariquina Grande, Jachatia, Cancha Tamampaya, Lambramani, sollofía, Punama, Safía, Tuntunani, Chicapaza, Huaycayapo, Ponugre, Salapata, Callotacana, Paripampa, Jotipampa y Mollibamba.
Artículo 3°.- DE conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar se hará cargo de la correspondiente delimitación.
Norma | Bolivia: Ley Nº 887, 14 de octubre de 1986 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Paucares. créase en la Provincia Camacho, La Paz | ||||
Keywords | Ley, octubre/1986 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=887 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Duran, Senador Secretario.- H. Alfredo Cuellar Vargas, Senador Secretario.- H. Walter Humberto Zuleta R, Diputado Secretario.- H. Hedín Céspedes Cossio, Diputado Secretario. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Barthelemy Martínez, Ministro del Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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