Artículo 1°.- Créase la provincia General José Manuel Pando, en la jurisdicción de la provincia Pacajes del departamento de La Paz, con su capital de la primera sección, Santiago de Machaca; y capital de la segunda sección, la población de Catacora.
Artículo 2°.- Comprenderá a la jurisdicción de la primera sección, los cantones: Berenguela, Santiago de Huari, Pojo, General José Ballivían, Bautista Saavedra y Exaltación.
A la segunda sección, los cantones: Thola Collo y Pairumani Grande.
Artículo 3°.- Los límites de la nueva provincia son los siguientes: al norte, con la provincia Ingavi; al Sur, con la provincia Pacajes; al este, con la provincia Pacajes; y, al oeste, con la República del Perú.
Artículo 4°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las demarcaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 849, 29 de abril de 1986 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase la Provincia general José; Manuel Pando, en la jurisdicción de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz, con su capital de la primera sección, Santiago de machaca; y capital de la segunda sección, la población de Catacora | ||||
Keywords | Ley, abril/1986 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=849 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Javier Campero Paz. Presidente Honorable Cámara de Diputados. - H. Luis Añez Alvarez. Senador Secretario.- H. Luis Pelaez Rioja. Senador Secretario.- H. Alvaro Pérez del Castillo. Diputado Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani. Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO. Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Barthelemy Martínez. Ministro de Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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