Bolivia: Ley Nº 672, 30 de noviembre de 1984

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Provincia Germán Busch, con su Capital Puerto Suárez, en el Departamento de Santa Cruz.

Artículo 2°.- Los límites de la nueva provincia son: al Norte, partiendo del límite de la Población de Santo Corazón de la Provincia Angel Sandoval, en línea recta hacia el Este, hasta la intersección de la mitad de la distancia existente entre las lagunas Gaiba y Mandioré; al Sur, desde el hito Chovoreca hasta Puerto Pacheco; al Oeste desde la Provincia Chiquitos hasta la Población de Tucavaca y en línea recta hasta Santo Corazón en la Provincia Angel Sandoval, y al Este, la línea limítrofe actual con las Repúblicas del Brasil y Paraguay, desde la intersección de las lagunas Gaiba y Mandioré, hasta Puerto Pacheco, en el extremo Sur.

Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 2282, de 5 de diciembre de 1950, procederá a la delimitación de la Provincia Germán Busch, en acuerdo con la Dirección de Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en vista del carácter Internacional de sus límites.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 672, 30 de noviembre de 1984
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioProvincia Germán Busch, créase en el Departamento de Santa Cruz, capital puerto Suarez
KeywordsLey, noviembre/1984
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=672
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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