Artículo 1°.- Créase el cantón Tutuni en la jurisdicción de la Provincia Poopó del Departamento de Oruro, con su capital Tutuni, comprendiendo las siguientes comunidades: Villque, Iroma, Cóndor-Apacheta, Charca-Jara, Bolsas Cancha, Potoscollo, Mollepunco, Sevaruyo, Portuna, Oqueaje, Challanpucro, Negrocaima, Villacollo, Quebrada, Quiloma, Quilluani, Añaguani, Chiu, Villaque, Jachuyo y Colquerancho.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al norte, con el cantón Venta y Media; al sur, con el cantón Peñas; al este, con la provincia Bustillo del departamento de Potosí; y, al oeste, con el cantón Urmiri.
Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones del cantón Tutuni, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 645, 3 de octubre de 1984 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Tutuni, créase en la Provincia Poopó, Oruro | ||||
Keywords | Ley, octubre/1984 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=645 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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