Artículo 1°.- Créase la Tercera Sección Municipal, con su capital San Antonio de Esmoruco, en la jurisdicción de la provincia Sud Lípez del Departamento de Potosí, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción las poblaciones: Obejería, Ciénaga Grande, San Antonio, Lagunillas y Peña Blanca. Teniendo los siguientes límites: Al norte, con el cantón Santa Isabel y San Pablo; al sur, con la República Argentina; al este, con los cantones Mojinete y Ciénaga; y al oeste, con los cantones San Antonio de Lípez y Quetena.
Artículo 2°.- De conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar la demarcación, y consiguiente fijación de los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 639, 20 de septiembre de 1984 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sección municipal 3a, créase en la Provincia Sud Lípez, Potosí, capital San Antonio de Esmoruco | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1984 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=639 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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